El Código de Gallardón apuesta por encerrar a los enfermos mentales de por vida

12
gallardon
Ruiz-Gallardón, ayer, día 30, a su llegada a la sala de prensa de La Moncloa tras el Consejo de Ministros. / Paco Campos (Efe)

El proyecto de nuevo Código Penal contempla la reclusión manicomial revisable cada cinco años para los enfermos mentales que hayan cometido un delito menor. Si todos los penalistas que han comparecido en la Comisión de Justicia del Congreso han manifestado su repugnancia sobre la introducción de la cadena perpetua revisable, personas tan poco sospechosas de izquierdismo como la jefa de la Fiscalía de Sevilla, María José Segarra Crespo; el catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid Francisco Javier Álvarez García y el magistrado de la Audiencia de Barcelona José Ramírez Ortiz consideran regresivo un encierro que puede ser de por vida para los trastornados psíquicos.

El trato penal a los enfermos mentales es uno de los muchos rasgos de involución y vuelta a los peores tiempos del siglo pasado que destila el nuevo Código Penal impulsado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con el apoyo del sector más duro del partido. Ni siquiera los penalistas invitados por el PP a manifestar su opinión en el Congreso, como el catedrático Bernardo del Rosal Blanco, experto en delitos económicos, han respaldado la cadena perpetua “porque va a aportar muy poco a nuestro sistema penal”, con cumplimientos efectivos de condena hasta cuarenta años. Y “al ser revisable, ya nos la hemos cargado”, dijo del Rosal, no sin advertir que ese debate principal distrae la atención de otros aspectos clave de la reforma.

Uno de ellos es la nueva regulación de las “medidas de seguridad” de los enfermos mentales, que se apoya en un concepto de “peligrosidad” excesivo, según la fiscal Segarra. El código Gallardón abandona por completo el criterio de proporcionalidad hasta ahora existente en la aplicación de la pena y hace desaparecer la regla por la que no se le puede imponer una pena superior en duración ni en modalidad a estas personas de la que correspondería a una persona cabal. “Esto contraviene los más elementales principios del derecho penal”, sostiene Segarra. “Por una simple multa, un enfermo mental va a poder ser sometido a un internamiento en un centro psiquiátrico”.

Si los legisladores no corrigen el dislate, la pena privativa de libertad por un delito menos grave cometido por un enfermo mental –cualquier acción punible con menos de tres años de prisión-- no solo se atendrá al acto cometido, sino también a la evaluación de la peligrosidad criminal y podrá ser cinco años de reclusión, prorrogable por otros cinco años y así sucesivamente sine die. En otras palabras: la reclusión perpetua no solo operará para los delitos más grave de terrorismo y violación con asesinato, sino también para las personas que sean consideradas enfermos mentales.

Según el profesor Álvarez García, las asociaciones de familiares de enfermos mentales están preocupadas, con razón, porque la propuesta de nuevo Código Penal no es que equipare la peligrosidad social y la enfermedad mental, es que añade la peligrosidad criminal a la enfermedad y establece unas medidas de seguridad (reclusión en psiquiátricos penitenciarios) fundadas en prejuicios y por tiempo indefinido, o por actos potenciales que pueden llevar a la reclusión por tiempo indefinido.

Ya en términos generales, para el magistrado de la Audiencia de Barcelona, Ramírez Ortiz, con esta reforma se desvincula la duración de las medidas de seguridad (reclusión) de la gravedad del delito y se aplican a la peligrosidad del sujeto. Quiere decirse que la piedra angular del sistema va a ser el juicio de peligrosidad criminal, entendida como la probabilidad de que un sujeto cometa un hecho futuro. Puesto que resulta imposible juzgar hechos futuros, la reforma Gallardón crea “un problema de legitimidad” mayúsculo.

Aunque se realicen diagnósticos de reincidencia, Ramírez Ortiz pone de relieve la falta de estudios sobre la validez de los instrumentos de predicción. Sirva como ejemplo el informe más reciente, el realizado por el Colegio de Psicólogos de Madrid en año 2012 sobre los dictámenes de los psicólogos adscritos a los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Madrid. Su resultado fue desolador: el 80% de los individuos estudiados dieron falsos positivos. ¿Esto qué significa? Que con posterioridad a ser puestos en libertad no reincidieron en la comisión del delito, pese a que previamente se había afirmado que tenían un elevado riesgo de reincidencia.

Aunque el Código Penal de 1995 estableció medidas excepcionales en función de las patologías de delincuentes sexuales y terroristas, ahora la reforma generaliza la posibilidad de imponer medidas de seguridad a las personas imputables, con lo que la peligrosidad criminal pasa a operar de forma independiente. “¿Esto qué quiere decir?”, se pregunta el magistrado Ramírez Ortiz. “Sencillamente que se incrementa la capacidad discrecional del juez. ¿Y qué juez se arriesgará a ser linchado mediáticamente ante un futuro hecho delictivo de la persona que haya dejado en libertad?”.

12 Comments
  1. Piedra says

    Casta reaccionaria y franquista, de lo peor

  2. peces says

    Lo que no dice es que el también estará, porque no se da cuenta de que está mal de la chaveta.

  3. Braulio says

    Y yo me pregunto, ¿Quién establece que una persona es enferma mental? Si un señor habla solo por la calle porque está solo y al carecer de dinero no tiene amigos y sus familiares le abandonan, cualquiera puede atribuirle delitos aprovechando su desgraciada circunstancia personal, hay muchos criminales acosadores perversos que mienten con el unico propósito de destruir la vida de la gente.
    Los mejores criminólogos coinciden en que los locos matan muy poco y es cierto, si unicamente mataran los locos, habría muy pocos crímenes.
    Yo conozco a unos mafiosos narcotraficantes que matan por encargo, sanguinarios, con multitud de crímenes y delitos a sus espaldas y están en la calle, impunes, veranean en la publicitada Ciudad de Vacaciones y aunque son asesinos, carecen de antecedentes y no solo eso, sino que además incriminan a inocentes en sus propias fechorías, esos sí son peligrosos, narcotraficantes, policías corruptos, proxenetas, sicarios que perpetran crímenes sin que la Policía sea capaz de detectarlos, esos sí son los auténticos criminales.

Leave A Reply