Coca-Cola: la lucha sirve pero la lucha sigue

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Concentración, ayer lunes, en la fábrica de Fuenlabrada tras su reapertura. / Víctor Lerena (Efe)

Tras 593 días de lucha, la fábrica de Coca-Cola Iberian Partners de Fuenlabrada ha abierto sus puertas. La ejemplar resistencia de los trabajadores de Coca Cola ha empezado a dar resultados. El 7 de septiembre han entrado a su centro de trabajo 85 trabajadores recorriendo un pasillo de compañeros, familiares y trabajadores solidarios. Se ha ido leyendo cada nombre al tiempo que se tiraba un cohete de fiesta, según avanzaban entre abrazos y aplausos hacia la entrada de la factoría largos meses cerrada.

La lluvia disolvía las lágrimas de muchas personas que asistían a un acto cargado de emoción y simbolismo. No era para menos. Veinte meses de lucha contra la decisión de la empresa de no reabrir el centro de trabajo solo está al alcance de los que tienen fe en sí mismos, todo que perder y una gran unidad y conciencia. Cada nombre leído, cada trabajador con ojos, rostro y cuerpo era una persona con familia y un contexto personal detrás. La escena traía a la cabeza aquel dicho hebreo del Talmud de que "si se salva una vida se salva el universo entero". Aquí sería que por cada trabajador que se readmite se mantiene una fábrica abierta en tiempos en los que el tejido industrial se está desmantelando y se convierte al país en un inmenso centro turístico y de servicios.

Y esto hay que resaltarlo: los trabajadores están haciendo más con su lucha que los diferentes gobiernos del PP de Madrid por defender un modelo productivo que no esté basado en precariedad y bajos salarios. Hay que recordar el declive industrial que sufre la Comunidad de Madrid, ya que según las estadísticas del Ministerio de Industria y Energía de 2014, sólo el 4,8% de las empresas madrileñas pertenecen al sector industrial. Esta abdicación de sus responsabilidades también se extiende al gobierno de Rajoy, que se ha desentendido totalmente de velar por el cumplimiento estricto de la sentencia que anula el ERE de Coca-Cola, tal y como ha respondido a una pregunta del diputado de IU Alberto Garzón.

La fuerza simbólica del acto se reflejaba en la nutrida asistencia que a las seis de la mañana había a la puerta de la fábrica. Representantes de CCOO, de partidos de izquierda (incluido el coordinador de Izquierda Unida), el alcalde socialista de la ciudad, muchos colectivos solidarios, mareas, otras luchas obreras... Todo el mundo sentía que la lucha de los trabajadores de Coca-Cola era su lucha, y que también luchaban por ellos.

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El grupo de mujeres conocidas como 'Las espartanas' celebran la reapertura, ayer, sobre un improvisado escenario. / Agustín Moreno

Los trabajadores readmitidos —según la empresa para un centro logístico de almacenaje— no son todos los que deben volver a trabajar en aplicación de la sentencia de la Audiencia Nacional. Todavía quedan 135 pendientes de readmitir. Porque se sigue incumpliendo de forma clara una sentencia judicial que es tajante al señalar que los trabajadores debían reincorporarse en las mismas condiciones que se tenían con anterioridad al cierre. La lucha, por tanto, sigue y dará sus frutos con la unidad, con el cumplimiento de la ley, con la solidaridad de los demás y el boicot al consumo mientras no se cumplan las sentencias.

El próximo 10 de septiembre la Audiencia Nacional celebrará una vista oral para decidir sobre las alegaciones que han presentado las partes en torno al cumplimiento de la sentencia. No hay muchas opciones para que la empresa siga negándose a hacerlo. La Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, establece lo siguiente en sus artículos 283 y art 284:

Artículo 283. Incumplimiento de la sentencia de readmisión por el empresario

1. En los supuestos a que se refiere el artículo anterior, si el empresario no procediera a la readmisión o lo hiciera en condiciones distintas a las que regían antes de producirse el despido, el trabajador podrá acudir ante el Juzgado de lo Social, solicitando la ejecución regular del fallo, dentro de los veinte días siguientes al tercero que, como plazo máximo para la reincorporación, dispone el artículo precedente.

2. El juez oirá a las partes en comparecencia, que se ajustará a lo dispuesto en el artículo 280 y en el apartado 1 del artículo 281, y dictará auto sobre si la readmisión se ha efectuado o no y, en su caso, si lo fue en debida forma. En el supuesto de que se estimara que la readmisión no tuvo lugar o no lo fue en forma regular, ordenará reponer al trabajador a su puesto dentro de los cinco días siguientes a la fecha de dicha resolución, apercibiendo al empresario que, de no proceder a la reposición o de no hacerlo en debida forma, se adoptarán las medidas que establece el artículo siguiente.

Artículo 284. Consecuencias del incumplimiento del empresario

Cuando el empresario no diese cumplimiento a la orden de reposición a que se refiere el artículo anterior, el secretario judicial acordará las medidas siguientes:

a) Que el trabajador continúe percibiendo su salario con la misma periodicidad y cuantía que la declarada en la sentencia, con los incrementos que por vía de convenio colectivo o mediante norma estatal se produzcan hasta la fecha de la readmisión en debida forma. A tal fin, cumplimentará la autorización contenida en el auto despachando ejecución en tantas ocasiones como fuese necesario, por una cantidad equivalente a seis meses de salario, haciéndose efectivas al trabajador con cargo a la misma las retribuciones que fueran venciendo, hasta que, una vez efectuada la readmisión en forma regular, acuerde la devolución al empresario del saldo existente en esa fecha.

b) Que el trabajador continúe en alta y con cotización en la Seguridad Social, lo que pondrá en conocimiento de la entidad gestora o servicio común a los efectos procedentes (…)

Pues bien, la ley es muy clara y obliga a readmitir ya a los trabajadores de Coca-Cola en base a la aplicación de las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo. Ninguna empresa puede estar por encima de los jueces y el Derecho o el Reino de España sería el reino de la arbitrariedad y de la injusticia. Más pronto que tarde llegará un día en que los representantes de los trabajadores nos digan: se cumple la sentencia, Madrid produce de nuevo y que consuma quien quiera. Pero antes, los poderosos simplemente tendrán que cumplir la Ley.

1 Comment
  1. Jesus says

    En este caso lo que procede es el artículo 286 .Imposibilidad de readmision del trabajador pues se admitió que la fabrica esta cerrada

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