La UE elimina las fronteras al realizar compras online

  • La Unión Europea acaba con el “bloqueo geográfico” que impedía acceder a productos y servicios de empresas en otros países
  • Los usuarios podrán comprar en cualquier página web de la UE sin ser remitidos obligatoriamente a la versión de su país
  • La medida supone el fin de la discriminación online por razones de nacionalidad o lugar de residencia

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Los consumidores de la Unión Europea no podían, hasta ahora, elegir en qué comercio online de cualquier país miembro comprar un determinado producto o servicio de manera libre. Mientras que sí era posible visitar cualquier ciudad perteneciente a la UE, entrar a cualquier establecimiento físico y adquirir cualquier bien, a través de Internet existían una serie de limitaciones.

Por ejemplo, el 63% de los comercios online impedía que usuarios de otro país de la UE diferente a donde estaba radicada la empresa pudiera adquirir sus productos o servicios. En el caso de las grandes marcas, el usuario solía ser redireccionado a la versión local de la tienda online, lo que podía llevar a que el catálogo de bienes ofertados no fuese el mismo o se produjeran importantes diferentes de precio. Mientras tanto, en el caso de pequeños comercios minoristas, podía suponer que se impidiese al consumidor de otro país registrarse en el portal o que no se aceptase su tarjeta de débito o crédito como medio de pago.

Esta situación, conocida como el “bloqueo geográfico” del comercio electrónico, impedía hasta la fecha a los usuarios de la UE practicar el eCommerce sin limitaciones por motivos de nacionalidad o de lugar de residencia. El 19% de los consumidores adquiría productos online más allá de su país en 2017, pero el porcentaje sería mucho mayor si no hubieran existido este tipo de barreras. De hecho, sólo el 37% de las tiendas online en el continente permitían el año pasado que ciudadanos de otro país pudieran hacerse con sus productos.

Todo esto se traducía en menos ingresos para las propias empresas y en menos posibilidades de elección a la hora de comprar para los consumidores del continente. Por estos motivos, la Unión Europea ha estado trabajando para eliminar estos obstáculos desde la puesta en marcha de la Estrategia para el Mercado Único Digital, en mayo de 2015. Esta iniciativa es responsable, entre otras medidas, del fin del roaming a la hora de llamar por teléfono o conectarse a Internet en cualquier país miembro de la UE, que se produjo de forma definitiva el año pasado.

Ahora, tres años después de definir el camino hacia un mercado único online, la UE logra eliminar también las barreras que impedían el libre comercio electrónico. Este lunes ha entrado en vigor la nueva normativa que pone fin a la discriminación online. Gracias a ella, los consumidores ya no sufrirán obstáculos injustificados como el desvío hacia la página web específica de un país o la imposibilidad de pagar con una tarjeta de débito en una tienda online un país determinado.

A partir de ahora, independientemente del lugar en el que decida comprar, cualquier consumidor perteneciente a un país miembro de la Unión Europea podrá exigir el mismo trato por parte de los vendedores online que el que reciben los ciudadanos del país en el que se encuentra ubicado el comercio online.

La normativa tiene, sin embargo, algunas limitaciones. Por ejemplo, quedan fuera del ámbito de las normas sobre bloqueo geográfico aquellos servicios en los que existen normas sectoriales específicas que tienen en cuenta sus especificidades.

Entre ellos, se sitúan los servicios bancarios, puesto que existen normas europeas en vigor sobre la apertura de hipotecas online, cuentas bancarias o la compra de seguros transfronterizos. También los servicios audiovisuales, pues desde abril de este año los usuarios europeos ya pueden utilizar sus suscripciones online a servicios como Netflix o Spotify (contenidos musicales, películas, acontecimientos deportivos, libros electrónicos, videojuegos…) mientras viajan por la Unión Europea.

El fin del bloqueo geográfico injustificado completa la creación del mercado digital único europeo. En enero de 2020, además, entrarán en vigor nuevas normas que facilitarán a las autoridades de cada país la protección de sus consumidores online y permitirán la eliminación automática, por ejemplo, de las páginas web o cuentas en redes sociales en las que se hayan detectado casos de estafa a los consumidores, pudiéndose solicitar información a las operadoras que proveen de conexión a Internet o incluso a las entidades bancarias para investigar quiénes son los comerciantes online deshonestos. Además, las organizaciones de consumidores podrán alertar a otros usuarios sobre estas malas prácticas con el fin de que no se produzcan más casos de estafa.

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