Las personas que reconozcan sus bienes o derechos ocultos presentando la llamada “declaración tributaria especial” regularizarán definitivamente su situación fiscal ingresando el 10% del importe o valor de adquisición de los mismos. Sin más. El Real Decreto-ley 12/2012 las exime del pago de sanciones administrativas, intereses o recargos. Y también asegura a estos contribuyentes que no serán inquietados por los jueces en sus eventuales pesquisas por la posible comisión de un delito contra la Hacienda Pública. Entre el delito fiscal y los jueces el Real Decreto interpone el cortafuegos de la Administración Tributaria, que “podrá continuar con el procedimiento administrativo sin pasar el tanto de culpa a la autoridad judicial ni al Ministerio Fiscal”. Técnicamente, puede decirse que el ministro Montoro (su departamento de Hacienda y Administraciones Públicas ha sido el promotor de esta iniciativa) modifica, de forma indirecta y por la puerta de atrás, el Código Penal (artículo 305). Y lo ha hecho a un precio de rebajas, ya que esa atípica excusa absolutoria del 10% evita las penas de cárcel y de multa a un coste muy inferior al previsto en el Código Penal, que exige el pago espontáneo de la deuda tributaria total (intereses de demora y recargos incluidos) aplicando los tipos de gravamen vigentes, y no un simple 10%.
Sin embargo, el Ministerio de Economía y Competitividad no opina exactamente lo mismo. Al menos en lo que se refiere a la comisión de otros tipos delictivos que pueden coexistir con el delito fiscal. Esta discrepancia se advierte a la primera en un informe fechado el 11 de mayo que lleva la firma de Íñigo Fernández de Mesa Vargas, Secretario General del Tesoro y Política Financiera. Con este documento, y bajo el título de “Declaración tributaria especial y prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo”, el departamento que dirige Luis de Guindos se posiciona de forma categórica sobre la “regularización” aprobada por el Real Decreto-ley 12/2012, afirmando que su naturaleza y finalidad son estrictamente tributarias. En consecuencia, recuerda a los sujetos obligados a informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias que deben poner en su conocimiento cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto al que, tras el preceptivo examen, constaten un indicio o la certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, o que muestra una falta de correspondencia notoria con la naturaleza, volumen de actividad o antecedentes operativos de los clientes. La alerta va especialmente dirigida a las entidades financieras y a sus deberes de colaboración con el Ministerio de Economía para prevenir o impedir el blanqueo de capitales.
El informe de Economía no se muerde la lengua cuando afirma que “la declaración tributaria especial establecida en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012 no constituye título justificativo del origen de los fondos ni regulariza ni legitima potenciales actividades ilícitas”. Tampoco cuando, negro sobre blanco, manifiesta que “las obligaciones de debida diligencia e información serán aplicables en relación con cualesquiera activos declarados o repatriados…debiendo ejercerse con particular rigor respecto de aquellos clientes que se muestren no cooperativos o remisos a facilitar a los sujetos obligados la información necesaria…para determinar el origen lícito de los bienes o derechos declarados”.
Si interpretamos en su conjunto las respectivas posturas de Cristóbal Montoro y Luis de Guindos comprobamos que el Gobierno quiere hacer encaje de bolillos con su amnistía fiscal. Siendo muy comprensible su finalidad de recaudar más, pretende satisfacerla utilizando un medio moralmente inaceptable que lesiona el principio de igualdad (premia a los defraudadores en comparación con los que han cumplido la normativa fiscal), aunque no llega al disparate máximo de solicitar la colaboración tributaria de los narcotraficantes o la de otros miembros del hampa. Demasiadas cosas al mismo tiempo. Incluso desde un punto de vista meramente instrumental. Porque, para ser prácticos: ¿se puede esperar con cierta lógica que una persona “decente” –un “simple” defraudador fiscal- se atreverá a presentar la “declaración tributaria especial” si su iniciativa puede llevarle primero al Servicio Ejecutivo de blanqueo de capitales y probablemente después al banquillo de la Audiencia Nacional? Algo similar debe decirse de muchos abogados y asesores fiscales, que, si no extreman al máximo las cautelas al ayudar legalmente a sus clientes, pueden verse envueltos en una situación muy desagradable sin querer ser cómplices de nadie. Y, por último, ¿qué van a hacer los funcionarios de Hacienda? Porque todo este embrollo les coloca en una situación muy delicada al situar sus deberes de conciencia frente a sus obligaciones de obediencia jerárquica. ¿Se limitarán a dar el visto bueno a la falta de responsabilidad penal del defraudador por delito fiscal? ¿O querrán llegar hasta el final –contactando con el Servicio Ejecutivo- si en el curso de su trabajo descubren un hipotético blanqueo de capitales?
Cortinas de humo, para despistar a los ciudadanos. Lo importante ahora es arrimarse para ayudar. La única manera de ayudar es BAJÁNDOSE LOS SALARIOS UN 20%. Se DEBEN bajar su salario un 20% el Presidente de Gobierno, Diputados, Senadores, Presidentes de Autonomías, Alcaldes, Concejales, y Diputados Provinciales. De esta manera se pueden ajustar los presupuestos públicos en los tres niveles territoriales. Menos hablar y apretar a los contribuyentes y un poco mas de solidaridad y empatía.
Que aprendan del ejemplo de Hollande, puñetas.
Y a todos los funcionarios y empleados de empresas públicas que cobran, de lo que nos quitan a los demás, sueldos superiores a los nuestros, esto es absurdo.