¿Son bancos o tiendas de electrodomésticos?

0
Imagen de una de las protestas celbradas esta semana frente a la sede de Bankia en Madrid. / Efe

Probablemente tenga usted una participación en una institución de inversión colectiva. En un fondo de inversión mobiliaria, por ejemplo. En ese caso, ¿conoce –con un mínimo de detalle- la composición de la cesta de productos en los que invierte la gestora de su fondo? Si la respuesta es negativa, usted tiene un problema. Pero mucho más preocupante sería que el empleado de la sucursal bancaria que le ha convencido para efectuar dicha inversión no supiera al dedillo los componentes de esa cesta financiera. O que, presionado por el director de la oficina –a su vez presionado por sus superiores-, ese señor le hubiera colocado a usted el producto (con sus supuestas ventajas) a toda prisa y sin informarle de sus pros y sus contras mientras le ponía sobre la mesa el oportuno contrato para su firma.

No creo que esto sea una práctica unánime, pero sí lo suficientemente extendida como para haber ocasionado entre los ahorradores bastantes episodios penosos, como el de las participaciones preferentes de algunas entidades financieras que tienen atrapados a sus clientes en un corralito de falta de liquidez. Las preferentes de Bankia, por citar un ejemplo de actualidad. En general, más que de estafa debe hablarse de posición dominante del banco por su influencia sobre la demanda, opacidad y escaso rigor profesional, de las que han sido fáciles aliados la ignorancia financiera y –en algunos casos- la avaricia de los clientes. Y seguramente también han sido cómplices la insuficiencia de supervisión y la desidia por parte del Banco de España o la Comisión Nacional del Mercado de Valores, según los casos.

Veamos el siguiente supuesto, analizado a efectos fiscales por la Dirección General de Tributos (consulta vinculante de 29 de marzo de 2012). Desde luego, se trata de una minucia, pero en mi opinión es el síntoma de una enfermedad financiera y no una anécdota aislada (las patologías raras sólo existen en el mundo de la biología). La consultante abrió un depósito a un año en una entidad bancaria (de la que se omite su nombre) a cambio de una remuneración establecida en un 2,24% TAE. Pero, en lugar del pago de intereses en metálico, la contraprestación bancaria consistió en la entrega de un robot de cocina valorado según el cálculo mencionado. La equivalencia de las prestaciones recíprocas parecía garantizada, pues, en principio, lo mismo da que el banco retribuya el capital invertido por sus clientes con un pago en metálico o mediante un pago en especie del mismo valor. Pero no siempre es así porque en esta última modalidad el Estado puede romper su neutralidad y desbaratar el equilibrio mantenido por las partes con el coste de sus impuestos (disminuyendo la renta del ahorrador).

El pago de intereses bancarios es una operación financiera exenta del IVA. La sustitución de ese pago en efectivo mediante la transmisión de un electrodoméstico (en este caso un robot de cocina) es una entrega de bienes que no desvirtúa la naturaleza de la operación (no constituye ningún regalo o donación por parte del banco), aunque está sujeta y no exenta del IVA. El banco nada gana o pierde con ello: se limita a repercutir e ingresar el impuesto en el Tesoro. El cliente no, siempre pierde al ser el consumidor final del producto, la etapa final de su proceso de fabricación y comercialización, sin posibilidad alguna de trasladar la carga fiscal a terceros. Para el cliente bancario esa carga es un coste, un mordisco al beneficio obtenido por la cesión de su capital. Probablemente en sus cálculos particulares haya influido un ánimo de lucro al pactar con el banco la puesta a su disposición de un bien doméstico, en comparación con las ofertas de los establecimientos comerciales del ramo. Sin embargo, su inadvertencia del coste fiscal que le ha supuesto negociar con el banco de esa manera no sólo le llevará a comprender después que ese presunto ahorro se ha esfumado como por arte de magia. También será consciente de la pérdida sufrida en términos de coste de oportunidad al no haber acudido directamente a un comercio de electrodomésticos. En el asunto de autos ese coste será nimio. Pero, si –mutatis mutandis y salvando todas sus diferencias- trasladamos el concepto a la alternativa ya mencionada entre invertir en participaciones preferentes o en otros productos más seguros y líquidos aunque peor retribuidos por las entidades financieras, ¿cuál habrá sido el coste de oportunidad satisfecho por tantos inversores? Es inútil llorar por la leche derramada. El mejor consuelo es saber que los humanos no estamos condenados a escribir el futuro con los errores del pasado.

Leave A Reply