Navarra deja en evidencia la amnistía fiscal del Gobierno Rajoy

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Imagen de archivo de la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina. / navarra.es

Navarra ha sufrido en el primer trimestre de 2012 una desviación muy significativa en la ejecución de los ingresos presupuestados para el ejercicio en curso. Esta situación ha forzado al Gobierno de la Comunidad Foral, que preside Yolanda Barcina, a impulsar medidas extraordinarias y urgentes, ya que de lo contrario no cumpliría el objetivo de déficit impuesto por el Gobierno central y la Unión Europea. La Ley Foral 10/2012, de 15 de junio, ha aprobado a tales efectos diversas medidas tributarias, incluida una oferta de regularización voluntaria a los defraudadores a la Hacienda de Navarra. Como esta regularización extraordinaria responde, en su nivel autonómico, a la misma necesidad que Mariano Rajoy y su ministro Cristóbal Montoro, en territorio común, han aducido como argumento indiscutible para decretar una amnistía tributaria casi total, me parece interesante subrayar las diferencias navarras y marcar la divisoria entre ambas medidas de gracia. Esas discrepancias son perfectamente válidas porque Navarra tiene competencias propias en materia fiscal. Además, y siendo probable que todas las comparaciones resulten odiosas, las variaciones aludidas demuestran que el mismo problema se puede solucionar peor o mejor, de acuerdo con las ideas que se tengan sobre la Constitución y el sentido común, y de la eficacia política de cada gobernante.     

  1. La regularización navarra es una decisión del Parlamento de la Comunidad. Se ha hecho mediante Ley Foral y no es una decisión unilateral de su Gobierno. La amnistía estatal es un dictado del Gobierno Rajoy utilizando simplemente la vía del Real Decreto-ley.
  2. En Navarra no se ha concedido una amnistía, que es lo que ha realizado el Gobierno Rajoy (una amnistía parcial, pero muy generosa y comprensiva con los defraudadores, pues pagando un escueto 10% se libran de tipos marginales mucho más elevados en el IRPF, amén de sanciones, recargos, intereses y de cualquier imputación por delito fiscal). En Navarra, por el contrario y desde el 16 de junio hasta el 31 de diciembre de 2012, los defraudadores (siempre que no hayan sido citados previamente) podrán pagar de forma voluntaria y extemporánea los impuestos no satisfechos dentro de los plazos reglamentarios, evitando “sólo” el 90% del importe de los recargos y el 20% de los intereses de demora. Pero el tipo de gravamen no será el raquítico y único 10% de Rajoy, sino el que corresponda de los legalmente vigentes en cada impuesto, sin ninguna rebaja. Es decir, los tipos de gravamen de la regularización navarra son los mismos que los que han recaído sobre los contribuyentes que sí han cumplido sus obligaciones fiscales. En Navarra no existe ninguna ventaja en las cuotas tributarias resultantes de la regularización.
  3. Simultáneamente, en Navarra se han incrementado apreciablemente las multas pecuniarias que se impondrán por las futuras infracciones tributarias graves.
  4. Técnicamente, la Ley Foral es mucho más coherente que la amnistía estatal, pues aquélla no discrimina ente los diversos tributos y, además, la regularización navarra también es uniforme en el tiempo, pues las reducciones de los recargos y de los intereses se aplicarán a todos los débitos fiscales anteriores a 1 de abril de 2012.
  5. Por último, la Ley navarra no fomenta ni colisiona con eventuales operaciones de blanqueo de capitales, ya que, a diferencia de la normativa central, estimula exclusivamente el pago de cuotas tributarias no ingresadas. El Real Decreto-ley del Gobierno Rajoy, como ustedes saben, es mucho más problemático al pretender la declaración de bienes y derechos de contenido patrimonial que permanecen ocultos (incluido el dinero en efectivo, previo ingreso en cuenta bancaria).

En resumen: la norma navarra no atenta tan gravemente como lo ha hecho el Gobierno central contra el principio de igualdad tributaria; respeta inequívocamente la Constitución tanto en el fondo como en la forma del proceso de elaboración normativa, es sencilla, produce seguridad jurídica a la Administración y asimismo a las personas que deseen acogerse a la regularización. Y, a mayor abundamiento, mantiene completamente nítidas las fronteras que separan los ilícitos tributarios de otras conductas mucho más graves, como el blanqueo de capitales procedente del narcotráfico y de otros delitos extrafiscales.

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