Internet y los impuestos: el PIN 24H de Cristóbal Montoro

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Montoro responde a los periodistas, ayer, día 26, en los pasillos del Congreso. / Emilio Naranjo (Efe)

En 1998 se inauguró la presentación telemática de las declaraciones fiscales. Desde entonces, la Agencia Tributaria ha venido potenciando el uso de esta modalidad electrónica por una doble vía: mediante la extensión progresiva de su “oferta” a los diversos tributos y, simultáneamente, con la imposición obligatoria de las declaraciones a través de Internet para determinados contribuyentes. Hoy la presentación electrónica por Internet resulta obligatoria (autoliquidaciones y declaraciones informativas) para las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada. Como próximamente se van a incorporar al sistema, también con carácter forzoso, las declaraciones fiscales de las Administraciones Públicas, la Agencia Tributaria estima que, sólo en relación con los grupos antes mencionados, serán ya tres millones de contribuyentes los que de manera definitiva se habrán despedido del papel a la hora de “confesar” periódicamente sus verdades fiscales. Sin embargo, lo más llamativo es que también les ha llegado su hora electrónica a los “autónomos”, es decir, a los empresarios y profesionales que ejercen su actividad como personas físicas. Es lo que se desprende de un Proyecto de Orden del Ministerio de Hacienda que actualmente está en fase de información pública. El objetivo de Hacienda es la incorporación fiscal a Internet de otros dos millones y medio de contribuyentes (muchos ya lo están), aunque en algunos casos de forma voluntaria. La Agencia Tributaria quiere “limpiar”, dentro de lo posible, la presencia física de los contribuyentes en sus oficinas y reducir los costes de la gestión administrativa.

¿Qué va a suponer esta Orden para los “autónomos”? En primer lugar, la eliminación de la posibilidad que ahora tienen de presentar en papel impreso sus declaraciones informativas, como, por ejemplo, el resumen anual de retenciones o la declaración de operaciones con terceros. En efecto, desde el 1 de enero de 2014, las declaraciones de dicha naturaleza deberán presentarse obligatoriamente por Internet. Ahora bien, el Ministerio de Hacienda ha querido facilitar un poco las cosas a este nutrido (y a menudo modesto) grupo de contribuyentes y no será necesario, para esa presentación, el uso de una firma electrónica avanzada. Bastará la utilización del Sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario que se describe en el Anexo III de la Resolución oficial que adjunto a estas líneas. Esa modalidad electrónica “simplificada”, sin embargo, es restrictiva y de uso limitado en función del número de registros que sean objeto de declaración: hasta 100 registros de sujetos declarados (para los modelos 038, 182 y 346) o hasta 15 registros (para las obligaciones informativas restantes).

Cristóbal Montoro nos “vende” su nuevo sistema informático con la marca y el nombre de PIN 24 HORAS. Según los técnicos de su Departamento, se trata de un sistema de firma electrónica no avanzada que resulta ideal para los “autónomos”, ya que les permitirá realizar trámites y presentar declaraciones por Internet mediante un proceso de sólo dos pasos: registro previo (a efectuar exclusivamente una vez) y autenticación (que se realizará en cada ocasión que se presente una declaración o se efectúe un trámite). PIN 24 HORAS constituye un sistema de forma on-line al que se accederá mediante una invitación que la Agencia Tributaria enviará por carta al domicilio de “colectivos concretos”, o bien a través de solicitud expresa del contribuyente. Una vez registrado, este último acudirá a la Sede Electrónica de la Agencia en petición del llamado PIN 24H, que recibirá con un SMS en su dispositivo móvil. Las teóricas ventajas del sistema permiten su empleo por contribuyentes a los que el uso del certificado electrónico les resulta complejo y que pueden operar, simplemente, con un teléfono móvil. Para concluir el presente apartado de las declaraciones informativas, citaré el caso excepcional del resumen anual del IVA (modelo 390). Éste podrá seguir presentándose en papel (utilizando el declarante el servicio de impresión facilitado por la Sede Electrónica de la Agencia), o de forma electrónica a través del envío de un mensaje SMS dirigido a la Agencia Tributaria.

En cuanto a las autoliquidaciones, la futura Orden Ministerial mantendrá la posibilidad, para los empresarios y profesionales “autónomos”, de presentarlas mediante papel impreso, utilizando a tal efecto el servicio desarrollado por la Agencia Tributaria en su Sede Electrónica. No obstante lo anterior, Hacienda quiere que también en estos casos los contribuyentes recurran al sistema PIN 24H, siendo aquí meramente voluntario. Esta nueva modalidad de declaración electrónica se irá implantando gradualmente, según los distintos modelos oficiales, a lo largo del año 2014.

Aunque la España de Larra se resiste a morir, poco a poco se acaba el papeleo administrativo y el “vuelva usted mañana”. En el caso de los impuestos puede decirse incluso que la vista también se dirige al pasado y ya se están eliminando los viejos archivos, como se comprueba en esta reciente disposición oficial de la Agencia Tributaria. El espíritu de los tiempos avanza rápido en la tecnología de la información. La astucia de la razón administrativa, sin embargo, permanece porque vive inexorablemente para la eternidad. Cuando, con motivo o sin él, la burocracia fiscal persiga a un ciudadano, el ministro Montoro y los que le sucedan en el cargo sólo tendrán, sencilla y nominalmente, que hallar un sinónimo del verbo empapelar. 

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