En el ejercicio 2011, el primer tramo de la base liquidable general del IRPF (17.707,20 euros), en la que se incluyen las rentas del trabajo, resultaba gravado al tipo del 12%. Eso por lo que hace a la parte estatal del Impuesto, ya que a la misma base cuantitativa se le aplicaba el correspondiente tipo autonómico (una variable cuya aprobación depende de cada Comunidad Autónoma). Como el Impuesto se reparte al 50% entre ambas instancias (el Estado y las CCAA), supongamos a los efectos que aquí nos interesan que el primer tramo de la base fue gravado, de promedio, al tipo conjunto del 24%. Eso arrojaría, en principio, una cuota íntegra total de 2.880 euros sobre los primeros 12.000 euros obtenidos por el contribuyente. Si ahora pasamos al ejercicio 2012, se constata que esos 12.000 euros habrían sufrido un gravamen complementario de 90 euros (0,75%), por lo que la cuota íntegra ascendería a 2.970 euros.
Esa cifra -2.970 euros anuales- sería el importe máximo que se ahorrarían (a partir de 2015) los contribuyentes beneficiados por la “exención” anunciada ayer por el presidente Rajoy en el debate del estado de la nación. Se trata, sin duda, de un ahorro muy importante para los hogares modestos, especialmente para las unidades familiares con dos perceptores de rentas del trabajo, que podrían optimizar la rebaja fiscal gracias a la aplicación de una economía de escala. Ahora bien, no debemos descontextualizar la medida. Porque, a falta de mayores detalles por parte del Gobierno, aislar y desubicar ese ahorro teórico del conjunto del IRPF nos daría una cifra muy distorsionada (hacia arriba) de lo que realmente va a dejar de pagar la mayoría de los afectados. Puede que incluso la rebaja se quede en un bonito fuego artificial y en un simple placebo económico puesto al servicio del juego electoral de su patrocinador.
Para aquilatar la realidad del anuncio presidencial y su efectividad, yo tomaría en consideración varias prevenciones:
1.- Una parte del supuesto ahorro será absorbida de forma “natural” por la desaparición del gravamen complementario. Este último YA tiene fecha de caducidad legal: el 1 de enero de 2015. No conviene, por tanto, atribuir a ninguna promesa actual un ahorro que ya ha sido decidido con anterioridad (en este caso por la Ley de PGE para 2014).
2.- El IRPF sólo grava la parte de la base liquidable que EXCEDA del importe del mínimo personal y familiar (al que también se aplican, minorando la cuota íntegra “previa”, los tipos de la escala de gravamen autonómica). En la actualidad, con las oscilaciones derivadas de la regulación específica e individual aprobada por las CCAA, el mínimo personal importa 5.151 euros, al que hay que sumar 918 euros adicionales para los contribuyentes mayores de 65 años, y otros 1.122 euros si superan 75 años de edad. Por su parte, el mínimo por descendientes abraza una horquilla que va de 1.836 euros hasta 4.182 euros (en función del número y orden interno de los hijos y otros descendientes), y también existe un mínimo por ascendientes mayores de 65 años. La aplicación de los mínimos, por consiguiente, hará inefectiva la reducción fiscal anunciada por Rajoy, o la limitará a muy escasa cuantía, para la mayor parte de los contribuyentes supuestamente beneficiados. Esta conclusión ya fue advertida por cuartopoder.es (y reconocida explícitamente por la Dirección General de Tributos) a propósito de las ayudas concedidas a los parados de larga duración, por el juego conjunto del mínimo personal y familiar y la reducción por la obtención de rendimientos del trabajo. Si, como también dice Rajoy, esos mínimos van a incrementarse “significativamente” desde 2015, dicha conclusión sólo puede reforzarse.
3.- Como se ha dicho, el IRPF es un impuesto compartido. No sabemos cómo se va a regular la “exención” de los 12.000 euros. Si la modalidad elegida fuera gravar a tipo cero las rentas totales inferiores a dicha cantidad, podría afectar sólo a la parte estatal, ya que, según la Ley de Cesión vigente, las Comunidades Autónomas tienen competencias plenas sobre la escala de gravamen (y, por tanto, sobre el primer tramo de renta y el porcentaje correspondiente).
4.- La efectividad del descuento dependerá en última instancia de la potencia de la economía española para crear puestos de trabajo y romper su tendencia, manifestada durante los últimos años, a ser una máquina trituradora de empleo y una fábrica de paro masivo. Si no es así, a las personas sin trabajo, sobre todo si no disfrutan de alguna prestación pública, les dará lo mismo. La mejor-peor exención fiscal es no tener ingresos que llevarse a la boca. Para esas personas, la concesión de cualquier beneficio fiscal es algo redundante.
5.- Esperemos que el presidente no tenga la intención de desnudar a un santo para vestir a otro. Es decir, que no practique la teoría de “te doy en este impuesto lo que te quito en los demás”.
Para los años 2008 y 2009, el entonces presidente Rodríguez Zapatero cometió la temeridad de aprobar la famosa deducción de 400 euros con carácter universal (aplicable a las rentas del trabajo y de actividades económicas con independencia de su cuantía).La agresión que recibieron al unísono la justicia redistributiva y la suficiencia de las cuentas públicas le hicieron rectificar con efectos de 1 de enero de 2010, y la deducción pasó a aplicarse con exclusividad a los contribuyentes (con rentas del esfuerzo) que tuvieran bases imponibles inferiores a 12.000 euros anuales. No parece que esta “liberación” fiscal, por sí misma, haya tenido un impacto positivo destacable sobre el consumo, la actividad y, en general, sobre el crecimiento económico. Obviamente, no sabemos con mucha exactitud lo que ahora pretende hacer Rajoy, el alcance práctico y real de sus intenciones. La cifra de 12.000 euros no está mal para ir calentando el ambiente, pero creo que a los ciudadanos en realidad nos interesan otras cosas: menos números redondos, menos repeticiones de cifras, menos pildorillas aisladas y convenientemente dosificadas, y más de un debate, abierto, serio y plural, sobre el papel que el sistema tributario en su conjunto debe jugar en beneficio de la equidad y el desarrollo económico del país.