El Partido Popular usa un calendario con un día menos. Para él no existe el 18 de julio, el golpe de Estado del general Franco y sus amigos, y tampoco la dictadura que después de su victoria militar impusieron a los demócratas españoles durante cerca de cuarenta años. Para los populares el franquismo es un tema tabú. Ni hablan de él ni, si está en su mano, dejan hacerlo a los demás, aunque su política de silencio les obligue a violar la Constitución. Lamento decirlo, pero la defensa numantina de ese olvido elocuente a veces lleva al Partido Popular a sacrificar en beneficio de su tabú algunos principios de la democracia parlamentaria.
El 10 de enero de 2012 doña Mónica Oltra i Jarque, portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Compromís en la Cortes Valencianas, presentó ante la Mesa de dichas Cortes una proposición no de ley para su tramitación ordinaria. En realidad se trataba de una propuesta múltiple mediante la cual dicha portavoz se dirigía a Les Corts como primer eslabón de una cadena que debía terminar en el Congreso de los Diputados. La proposición intimaba a las Cortes autonómicas a solicitar al Consell que mediara ante el Gobierno del Estado para que éste a su vez propusiera al Congreso de los Diputados la toma de las siguientes decisiones:
• Una “condena de la sublevación militar del 18 de julio de 1936, así como de la subsiguiente dictadura franquista”.
• La exhumación de los restos del dictador Francisco Franco, depositados en el Valle de los Caídos, para “ser entregados a su familia”.
• La conversión del Valle de los Caídos “en un espacio laico” y su transformación “en un museo de la historia reciente del Estado Español”.
• La introducción de “las modificaciones necesarias en la Ley 52/2007 para que queden anuladas las sentencias dictadas en procesos penales de los tribunales franquistas, a presos republicanos y demócratas”.
Además de lo anterior, doña Mónica Oltra i Jarque solicitaba a las Cortes Valencianas que se dirigieran a la Conselleria de Cultura encareciéndole “la celebración de actos de cariz itinerante, por todas las comarcas valencianas, para que la ciudadanía tome conocimiento de los auténticos hechos que se desencadenaron a raíz del Golpe de Estado de 18 de julio de 1936”.
La iniciativa de Compromís se estrelló contra la Mesa de las Cortes Valencianas. Ésta, por dos veces, no admitió a trámite la propuesta “por considerar que se trata de un tema de carácter general que es competencia del Gobierno de España y no de [la] Generalitat”.
Hasta aquí llegan los hechos de la frustrada actividad parlamentaria de Compromís. A partir de este punto me centraré en los análisis jurídico-políticos.
A juicio de quien suscribe estas líneas, la motivación 'formal' de la Mesa para explicar y fundar su rechazo frontal a la propuesta registrada por el Grupo Parlamentario Compromís no puede ser entendida más que como un escudo –un subterfugio- para evitar a la mayoría de la Cámara –dominada por el Partido Popular- el “trance” de decir un sí o un no justificado a la iniciativa sobre el franquismo planteada por un grupo de la oposición. La interposición por la Mesa de un argumento “técnico-formal” (la falta de competencias de la Generalitat) no se sostiene porque, como hemos visto, la propuesta, en uno de sus apartados, pide la intervención directa de un órgano interno de la Generalitat: la Conselleria de Cultura. Más adelante veremos que este criterio lo aduce, no sólo un periodista, sino también quien detenta los títulos jurídicos necesarios para “tirar de las orejas” a la Mesa de las Cortes Valencianas.
La arbitrariedad de la Mesa es aún más ostensible porque una iniciativa idéntica del Grupo proponente había sido admitida en el período de sesiones anterior, aunque no llegó a ser tramitada al decaer la misma con la conclusión de dicho período. ¿Y por qué fue admitida entonces? Porque en ese momento el inquilino del Palacio de La Moncloa no era otro que José Luis Rodríguez Zapatero, al que los populares no les importaba en absoluto pasarle la 'patata caliente', cosa que, obvio es, no desean hacer con el presidente Rajoy. Simplemente, entre las dos iniciativas de Compromís “se entrometieron” las elecciones generales anticipadas de noviembre de 2011, y la segunda propuesta fue rechazada sin una motivación plausible dada la coincidencia ideológica en el tiempo de las mayorías parlamentarias en la Comunidad Valenciana y en el Estado.
El artículo 23 de la Constitución garantiza el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente escogidos en elecciones por sufragio universal. Dentro de este derecho fundamental figuran las iniciativas de los grupos parlamentarios, y entre ellas las proposiciones no de ley. Naturalmente, las reglas democráticas confieren a la mayoría, tras el oportuno debate, el derecho a rechazar las iniciativas de las minorías. Sin embargo, lo que no es democrático es la actuación de la mayoría como una apisonadora impidiendo, ab initio, el propio debate parlamentario y la paralela discusión política. Por desgracia, es lamentable constatar la reincidencia de la Cámara valenciana sobre el mismo asunto.
Ya en su Sentencia 40/2003, el Tribunal Constitucional (TC) sentó doctrina sobre las proposiciones no de ley. Éstas “se configuran como un instrumento para poner en marcha la función de impulso político y control del Gobierno, pero, también, como una vía adecuada para forzar el debate político y obligar a que los distintos Grupos de la Cámara y esta misma tengan que tomar expresa posición sobre un asunto o tema determinado, por lo que, en razón de esta doble naturaleza, las Mesas de las Cámaras, en tanto que órganos de administración y gobierno interior, han de limitar sus facultades de calificación y admisión a trámite al exclusivo examen de los requisitos reglamentarios. De lo contrario, no sólo estarían asumiendo bajo un pretendido juicio técnico una decisión política que sólo al Pleno o a las Comisiones de las Cámaras corresponde, sino, además, y desde la óptica de la representación democrática, estarían obstaculizando la posibilidad de que se celebre un debate público entre las distintas fuerzas políticas con representación parlamentaria, cuyos efectos representativos ante los electores se cumplen con su mera existencia, al margen, claro está, de que la iniciativa, en su caso, prospere”.
Por Sentencia publicada el 29 de octubre de 2014, el TC, por unanimidad, ha amparado a Compromís en relación con la iniciativa parlamentaria que comento en este artículo. Y ha exigido a la Mesa de las Cortes Valencianas “el pleno restablecimiento del derecho fundamental a la participación política (art. 23.2 CE) del grupo recurrente”. La pelota vuelve a la Mesa, que deberá resolver de nuevo sobre la admisión a trámite de la proposición no de ley presentada el 10 de enero de 2012 por la diputada Oltra i Jarque.
Me parece estupendo que el TC reitere que en una democracia parlamentaria y liberal no existen cuestiones tabú. A ver si es cierto utilizando la prueba del algodón de la realidad parlamentaria. A ver si de una vez por todas los españoles nos enteramos de lo que opina el Partido Popular sobre Franco y el franquismo. O, al menos, de que fundamente con seriedad las razones que le mueven -si los populares no dependen de los demás- a soslayar la apertura parlamentaria de ese debate.
Interesante artículo.
Nuestra pacífica y modélica Transición nos ha dejado una estela menos idílica, esta es la reconversión o reciclaje de numerosos franquistas en «demócratas», desconozco si hay estudios al respecto, pero todo parece indicar que el partido elegido para el «reciclaje» en la actualidad tiene una gaviota como logo.
Los hijos, sobrinos o parientes de miembros destacados del gobierno franquista o funcionarios relevantes de este ocupan en la actualidad puestos en el PP o Gobierno actual.
Tiene usted razón, ya va siendo hora de dejar las ambiguedades y definirse.Una sociedad madura se lo debe exigir.