El doble asesinato de José Couso

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José Couso en una imagen extraida de una grabación de Telecinco que se ha convertido en icono de la exigencia de Justicia por su asesinato.

José Couso ha muerto dos veces. La primera herida mortal la recibió el 8 de abril de 2003 en Bagdad cuando un carro de combate estadounidense disparó contra la terraza de la habitación del hotel Palestina desde donde grababa la invasión de la capital iraquí. La segunda se produjo el 15 de marzo de 2014, cuando entró en vigor un recorte de la jurisdicción universal impuesto por el Gobierno de Mariano Rajoy con el único apoyo del PP. Una reforma que, según la más reciente interpretación del Tribunal Supremo, impide a la Justicia española investigar aquel crimen y juzgar a los autores.

“El flexo no podrá mantenerse encendido”. Con esta metáfora anunció el pasado 9 de junio el juez central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, el archivo del sumario (lea aquí la resolución dictada por el juez Pedraz). Un proceso que sobrevivió más de un año al recorte de la jurisdicción universal porque este magistrado defendió que el asesinato de Couso supuso una vulneración de los artículos 146 y 147 del IV Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra. Y como el tratado internacional tiene primacía y no puede ser modificado por normas internas, la mutilación de la jurisdicción universal no impedía investigar el asesinato de Couso.

El juez Pedraz pudo doblarle el pulso al Ejecutivo, pero ha tenido que rendirse ante el superior criterio del Supremo, cuya Sala de lo Penal en pleno y por unanimidad confirmó el pasado 6 de mayo el archivo del proceso abierto para investigar la represión desatada por China en el Tíbet a finales del siglo pasado. Varios exdirigentes chinos permanecían en busca y captura por orden del juez central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, lo que desató una fuerte presión del país asiático sobre el Gobierno español que se tradujo en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para cercenar la jurisdicción universal.

La decisión de la Sala Segunda del Supremo incluye aspectos letales para el ejercicio de la jurisdicción universal, porque resuelve que la Justicia española carece de competencias para investigar delitos cometidos en conflictos armados salvo “que el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas”, según la redacción del magistrado Cándido Conde-Pumpido, ponente de la sentencia. Es decir, la Justicia española no puede actuar contra criminales de guerra que, en el momento de iniciarse el proceso penal, no estén en territorio nacional. Ni siquiera aunque las víctimas sean españolas. Y así lo proclama el Supremo “para que quede claro en éste y en otros procedimientos con similar fundamento”.

Al juez Pedraz no le quedó más remedio que tomar nota y asumir que el nuevo modelo de jurisdicción universal “impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español salvo en el difícil supuesto de que los presuntos criminales se hayan refugiado en España”. Ni siquiera podrán los familiares de las víctimas denunciar lo ocurrido para al menos identificar el cadáver, solicitar la autopsia o investigar cómo sucedieron los hechos. Nada. “La decisión del legislador será discutible y podrá provocar debates en torno a tal impunidad, no solo para el presente caso sino para otros posibles, mas no corresponde a los jueces suplir al legislador”, se rinde el instructor de la Audiencia Nacional.

La investigación sobre el asesinato de Couso estaba en la práctica concluida. La orden de abrir fuego aquella mañana contra el hotel Palestina donde se alojaba la prensa internacional que cubría el conflicto partió del teniente coronel Philip de Camp, jefe del Regimiento de Blindados 64 de la Tercera División de Infantería Acorazada del Ejército de los EE UU. La ejecutó el capitán Philip Wolford, al mando de la Compañía Alfa a la que pertenecía el Abrams M1 que disparó contra el edificio. El sargento Thomas Gibson apretó el disparador del cañón de 120 milímetros. El obús impactó en el piso decimoquinto y alcanzó de llenó la habitación de un equipo de la agencia Reuters; el periodista ucraniano Taras Protsyuk falleció en el acto. Couso, que filmaba desde la terraza del piso inferior, resultó herido de gravedad y murió en el quirófano del hospital San Rafael de Bagdad.

Los tres militares estadounidenses ya no tienen nada que temer. Contra ellos pesaban sendas órdenes internacionales de detención que Interpol nunca se atrevió a ejecutar, pero que no dejaban de ser una molestia. Ahora decaen. Ya pueden viajar fuera de los EE UU incluso a países firmantes de la Convención de Ginebra con la tranquilidad de saber que ninguna fuerza policial ni judicial les busca. Un interpretación radical de las tesis del Supremo les permitiría incluso visitar España, con total impunidad. El flexo de la Justicia ya no les deslumbra.

Es la libertad de información

José Couso fue un profesional versátil y respetado que cubrió para Telecinco eventos tan señalados como la guerra de Kosovo, la primera Guerra del Golfo,  el conflicto con Marruecos a costa del islote Perejil o los vertidos del Prestige. Durante una larga época fue uno de los cámaras habituales en la puerta de la Audiencia Nacional para la cobertura gráfica de cuanto allí acontecía. Por eso es justo que este tribunal haya hecho todo lo posible por tutelar los anhelos de justicia de sus familiares y amigos. Por eso es injusto que el Gobierno lo haya impedido y su asesinato vaya a quedar impune.

Aquel crimen fue para el Gobierno de entonces, también del PP, un molesto contratiempo que se producía cuando arreciaban las protestas callejeras contra una guerra repudiada por amplios sectores de la sociedad española. La negativa del Ejecutivo a pedir siquiera explicaciones por lo sucedido a los EE UU provocó una insólita protesta de los informadores gráficos, que dejaron sus cámaras en el suelo y dieron la espalda a José María Aznar en una de sus comparecencias en el Senado.

Y no solo el PP. Los papeles de Wikileaks permitieron descubrir que también durante el mandato del socialista José Luis Rodríguez Zapatero tanto su Ejecutivo como la Fiscalía hicieron cuanto pudieron para frenar el proceso judicial porque molestaba sobre manera a la Administración estadounidense, firme defensora de un absoluto régimen de inmunidad para sus tropas cuando operan fuera de sus fronteras con o sin cobertura legal.

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El juez Santiago Pedraz en una imagen de archivo. / Efe

El clamor de Justicia por el asesinato de Couso que ha congregado a familiares, amigos y a la mayoría de los profesionales del periodismo –no se puede decir lo mismo de las empresas periodísticas y de los medios- no es una reacción corporativa. Prendió en ciertas capas sociales que entendieron pronto que el cámara fue una víctima más de una estrategia de EE UU para acallar cualquier información independiente sobre aquella guerra, para que la invasión solo se conociera a través de la narración de los informadores que viajaron empotrados en las distintas unidades estadounidenses que participaron en el conflicto.

Reclamar el castigo de los responsables de la muerte de Couso es defender el derecho a la libre información de toda la sociedad. Desde que la coalición internacional liderada por EE UU invadió Iraq en 2003, más de 400 periodistas han perdido la vida en el conflicto bélico más mortífero para la profesión. A algunos los conocimos, como Julio Anguita Parrado, enviado especial del diario El Mundo que falleció un día antes que Couso en un incidente todavía no aclarado. Pero la mayoría de los muertos son anónimos para la opinión pública española, informadores de países árabes o de Oriente Medio sobre quienes los medios de comunicación españoles apenas han informado.

Escribió el poeta Luis García Montero en la elegía que dedicó a Couso que “Yo dependo de ti. Nunca lo olvides”. Se trata del asesinato de Couso, pero también del derecho fundamental a la libertad de información. El pasado 27 de mayo, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas –del que España es miembro- aprobó la resolución 2.222 en la que advierte de que “la impunidad de los crímenes cometidos contra los periodistas, los profesionales de los medios de comunicación y el personal asociado en los conflictos armados sigue siendo un obstáculo importante para su protección, y asegurar la rendición de cuentas por los crímenes cometidos contra ellos es un elemento clave para prevenir futuros ataques”. Por eso, la lectura del auto del magistrado Pedraz provoca pena. Y rabia. Y náuseas.

3 Comments
  1. la novata says

    muy interesante el artículo, aunque echo en falta que se enlazara el auto del Juez Pedraz

  2. lfrodriguez says

    Gracias a la novata por el aviso. En efecto, faltaba el auto del juez Pedraz, que ya está enlazado al artículo.

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