Solo una lágrima por la Justicia universal

5
Hu Jintao y Jiang Zeming, dirigentes chinos querellados por el genocidio del Tibet /Efe
Hu Jintao y Jiang Zeming, dirigentes chinos querellados por el genocidio del Tibet. / Efe

¿Se han dado cuenta de que el Gobierno de España ―da igual que la responsabilidad recaiga en los populares que en los socialistas― dispone de un resorte que lo mismo sirve para un roto que para un descosido? Puede usarlo para cambiar leyes, para promover decretos, revocar disposiciones o activar cualquier tipo de medidas con tal de que le libren de conflictos diplomáticos con países poderosos.

Porque, por si no lo saben, el Ejecutivo ha decidido reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre la jurisdicción universal, justo después de que la Audiencia Nacional ordenase la detención internacional y posterior prisión incondicional del anterior presidente de China, Jiang Zemin , por el genocidio del Tibet. Los chinos han puesto el grito en el cielo, han amenazado con las iras del infierno, especialmente en materia económica; un nutrido grupo de empresarios que tiene relaciones comerciales con el gigante asiático teme las represalias, y el Gobierno ha decidido aplicar el bálsamo de que esa tontería de los jueces quede sin efecto. Es decir, una solución a la medida del problema.

Lea el auto de la Audiencia de detención de Jiang Zemin

El resorte en cuestión no es exclusivo de los populares. En 2009, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, con el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, de punta de lanza, ya redujeron notablemente la capacidad de la justicia española de perseguir crímenes de guerra, genocidios o delitos de lesa humanidad, después de que el juez Fernando Andreu admitiese a trámite una querella por crímenes de guerra contra siete militares israelíes, entre ellos un exministro de Defensa, por la muerte de 14 civiles en Gaza, el 22 de julio de 2002. Siete de los fallecidos eran niños y hubo 150 heridos más ―eso que eufemísticamente llaman “daños colaterales”― como consecuencia del lanzamiento de una bomba de una tonelada desde un avión de combate F16 destinada a asesinar al dirigente de Hamas Salah Shehadeh, que, efectivamente, también murió. La ministra israelí Tzipi Livni nos anunció, antes que Moratinos, que aquel proceso no iba a ser posible.

Ahora, a la vista que las presiones de China amenazan con convertirse en un conflicto diplomático de primer orden, los populares proyectan que la jurisdicción universal quede como sigue:

  1. En lo que se refiere a genocidios, crímenes de guerra o contra la Humanidad, el proyecto de ley exige que el acusado sea español o extranjero residente en España.
  2. En lo referente a las torturas y desapariciones forzadas, el requisito será que el supuesto autor sea español y que se encuentre en España o que la víctima fuera española en el momento en el que se cometió el delito.
  3. Además, la justicia española podría perseguir crímenes de derecho internacional en los que el acusado fuera extranjero y se encontrase en territorio nacional, siempre que se hubiera denegado su extradición y así lo impusiera un tratado internacional reconocido por España.

Las organizaciones de Derechos Humanos han protestado porque, así, de golpe, los genocidios o los crímenes de guerra contra españoles no podrán ser perseguidos en España. Algo ilógico pero conveniente, porque precisamente en el asunto de China y Tibet hay un monje de nacionalidad española. También irá a la papelera el asesinato del cámara de Tele 5 José Couso, porque los autores son tres militares estadounidenses.

Por el segundo punto deberán archivarse, entre otros, los casos sobre Guantánamo y los vuelos de la CIA que se tramitaban en la Audiencia Nacional.

Se trata de un mazazo de proporciones notables a la jurisdicción universal, que en España solo ha llegado a juzgar y condenar al milico argentino Adolfo Scilingo por participar en los denominados “vuelos de la muerte”, aunque ha abierto procesos por genocidios y crímenes contra la Humanidad en varios países de América Latina y África.

Leer la carta de las organizaciones de derechos humanos.

Me dirán, y ¿qué importa la jurisdicción universal cuando China u otros países poderosos pueden ponernos en dificultades económicas, ahora que estamos en crisis?

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno. /Efe
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno. / Efe

Sin embargo, la jurisdicción universal constituye el intento de la comunidad internacional para ponerse de acuerdo en que hay algunos crímenes tan horrendos que no pueden quedar impunes y deben ser perseguidos sin descanso por cualquier Estado. Es preferible que la persecución se haga en el país en el que se cometió el delito o por la Corte Penal Internacional, pero los tratados internacionales son claros: “Es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales” para evitar su impunidad.

Esa declaración de intenciones, a mi modo de ver, debería ser defendida con uñas y dientes, pero se da la circunstancia de que algunos de los países más importantes y de los que más vulneran los derechos humanos, como Estados Unidos, Rusia, China, India, Israel, Cuba o Irak, han decidido no firmar el Estatuto de Roma y no someterse a la Corte Penal Internacional. Aunque eso no quiera decir que no saquen pecho y acusen a otros de tremendas violaciones de los tratados. Es lo que conlleva ser el policía del mundo.

Por tanto, mientras esas casi insignificantes excepciones no se arreglen, y pueda juzgarse al tipo que, por ejemplo, ordena invadir un país y arrasarlo, por la supuesta existencia, luego desmentida, de armas de destrucción masiva que ponen el orbe en peligro, esto no es serio. La “movilización de la conciencia”, única medida coercitiva del derecho internacional, es claramente insuficiente para quien no tiene conciencia, ni vergüenza.

Abomino de la chapuza legal que pretende hacer el PP, pero mientras no se solucione todo lo demás, no derramaré más que una sola lágrima por la jurisdicción universal.

Ya ven, siempre me había considerado un escéptico, ahora me doy cuenta de que me he convertido en un cínico.

5 Comments
  1. Panóptico says

    Ahora que la Sentencia TJUE (Sala Cuarta) de 13 Febrero 2014 en el asunto C-466/12, sobre los derechos de autor y respecto a la problematica de los enlaces entre pags. webs permite su uso, me permito completar su post con este enlace:
    http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/onu/lesahumanidad/2005-Principios-actualizados-lucha-contra-impunidad.pdf
    Sobre la proteccion de los derechos humanos y los principios contra la impunidad, respecto de determinados crimenes, que son ademas imprescriptibles, según la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad aprobada por la Asamblea General en su Resolución 2391 (XXIII), de 26 de noviembre de 1968.
    Considero en todo caso, que el Poder Legaslativo tambien esta vinculado por lo declarado por la Sentencia del Tribunal Constitucional (España), de 26 de septiembre de 2005 (Caso sobre Guatemala) donde se fijaron unos principios que son de ius cogens segun el Derecho Internacional.
    Ver aqui esta importante STC
    http://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/docs/BOE/BOE-T-2005-17753.pdf

    O para esta caso especifico sobre las torturas y genocidio de China, importante STC 227/2007 ver aqui:
    http://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/docs/BOE/BOE-T-2007-20343.pdf

    Saludos

  2. Panóptico says

    Perdón, el enlace correcto y completo sobre la proteccion de los derechos humanos y que recoge todos los Principios contra la impunidad, es este del Alto Comisionado de la ONU:

    http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G05/109/03/PDF/G0510903.pdf?OpenElement

  3. Panóptico says

    Sudor y mas de una lagrima, en los ultimos diez años, le ha costado al susodicho Juez (antes Policia) Sr. Isamael Moreno, que como puede ver «no ha tenido mas remedio» que dictar este orden de detención.
    Ver el curioso Auto previo donde la Seccion 4 de la AN reiteradamente se lo ordena, al igual que declarase hace nada menos que 7 años antes el Tribunal Constitucional:
    Ver aqui:
    http://www.cadenaser.com/csermedia/cadenaser/media/201402/06/espana/20140206csrcsrnac_1_Pes_PDF.pdf

  4. Luis García says

    Estimado señor Yoldi:también he sido y soy escéptico con la aplicación del referido principio pero,leyendo algunos artículos de Fiscales de su Nazi me doy cuenta que ese principio sirve entre otras cosas para,si se tercia,apresar a pedófilos que han ejecutado execrables actos en Rusia y que se encuentran en España de birra y playa, o a grandes traficantes de paso por el aeropuerto de Barajas,supuestos que ahora quedan sin persecución posible en España,excepto orden de detención europea mediante,librada ad hoc por otro país.
    Hace poco un majadero ,que durante algún tiempo fue compañero suyo, se quejaba de que España no persiguiera delitos contra la seguridad vial cometidos en Cuba,petición a la que se adhería alguna «miembra» conspicua del partido gobernante. Y es que esto de la justicia universal va por barrios. Depende del lado de la esquina , mejor trinchera, desde la que investiguemos

    En cualquier caso,mientras haya un juez con un proceso abierto siempre habrá una víctima con alguna posibilidad de ser resarcida. Porque alguna víctima de Pinochet creía , se le pudo detener. Lo contrario es dejar esta mierda de mundo aún más a merced de las bestias con forma homínida que lo pueblan. Un saludo

Leave A Reply