DESMANTELANDO EL PROCÉS / Otro candidato a la Generalitat en la cárcel

El juez envía a prisión a Turull, Forcadell, Rull, Romeva y Bassa, y Marta Rovira elige la fuga

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El exconseller, Jordi Turull, se despide de su mujer a la puerta del Tribunal Supremo. / EFE

La semana comenzó con Jordi Turull postulándose como candidato a la presidencia de Cataluña, tras la renuncia de Jordi Sànchez, pero este viernes su camino se ha torcido hasta acabar en la cárcel de Estremera. El juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha enviado a prisión provisional incondicional a los exconsellers  Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa y a la expresidenta del Parlament catalán Carme Forcadell por elevado riesgo de fuga tras procesarles por un delito de rebelión. En las últimas horas del viernes, cientos de personas se han concentrado en distintos puntos, convocados por los Comités de Defensa de la República, mientras la CUP ha llamado también a las movilizaciones desde sus redes sociales.

Tras conocerse en la mañana del viernes que la secretaria general de ERC, Marta Rovira, había decidido poner rumbo a Suiza y no personarse en el Tribunal Supremo, se temía que esta decisión pudiese perjudicar al resto de imputados al afianzar las sospechas de riesgo de fuga, uno de los argumentos que finalmente ha utilizado el juez Llarena para decretar la prisión incondicional. De esta forma, ya serían siete políticos catalanes los que se encuentran en el "exilio", tras la salida de Anna Gabriel, y de la del expresident Carles Puigdemont y los consejeros Meritxel Serret, Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí. De hecho, el juez ha activado ya la orden de detención internacional.

Horas más tarde de conocerse el destino de Rovira, el juez Llarena emitía un durísimo acto de  procesamiento en el que imputaba a 13 de los investigados un delito de rebelión, a cinco miembros del Govern, un delito de malversación y a cinco exmiembros de la mesa del Parlament, un delito de desobediencia. Sin embargo, ha sacado de la causa a Artur Mas, Marta Pascal y Neus Lloveras.

DOCUMENTO | Lee el resumen de la lista de procesados y los delitos

Los argumentos de Llanera para apuntalar el delito de rebelión

Llarena sabía que el delito de rebelión tenía que estar ampliamente argumentado, al despertar las dudas de algunos juristas sobre su aplicación en este caso. Para poder procesarles, tenía que demostrar que los reos se han alzado “violenta y públicamente”, en este caso, con el objetivo de “declarar la independencia de una parte del territorio nacional” (punto 5 del artículo) o “sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno” (punto 7). En las últimas semanas, los dirigentes del procés no se han cansado de repetir que había sido un movimiento pacífico y el magistrado ha tenido que desmontar este argumento desgranando los hechos.

En la sentencia, se retrotrae al 20 de septiembre de 2017, el día que tuvo lugar una manifestación frente a la sede de la Consejería de Economía y Hacienda mientras la Guardia Civil registraba la sede: “Se produjo una congregación de 60.000 personas que se oponían a la presencia y actuación de las fuerzas policiales, y los hechos que allí acontecieron muestran que la muchedumbre actuó como una masa de fuerza que, además de destrozar los vehículos policiales, atacó bienes personales mediante el lanzamiento de objetos, o impidiendo que los acosados pudieran ejercer su libertad de acción y deambulación durante las largas horas que duró el asedio”. Llarena también cree que los dirigentes pretendían utilizar “el poderío de la masa” para hacer frente a una actuación policial "que sabían orientada a imposibilitar el referéndum” .

DOCUMENTO | Lee el auto de procesamiento del juez Llanera

El engranaje político y social para lograr la independencia

Mucho se ha hablado de dónde situar el inicio exacto del proceso que ha provocado la mayor crisis territorial de la democracia española. El juez Llarena pone el punto de partida seis años atrás, cuando se comenzó a orquestar un plan que pretendía finalizar en la independencia de Cataluña y que fue posible gracias a la colaboración de los dirigentes de partidos políticos en el Parlament, dándole soporte legislativo, y las entidades soberanistas agitando la calle, según explica en el auto. La primera fecha de los “antecedentes del hecho” es el 19 de diciembre de 2012, cuando el entonces candidato de CIU firmó con Oriol Junqueras (ERC) el 'Acuerdo para la Transición Nacional y para Garantizar la Estabilidad del Govern de Catalunya', un pacto de legislatura que incluía “un acuerdo para la celebración de una consulta independentista para 2014”. Para

Llarena también destaca la presentación pública del  Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña en septiembre de 2014, que el magistrado considera una hoja de ruta hacia la independencia. El juez da respuesta a otro de los debates que ha sobrevolado estos meses: “No era la independencia la consecuencia de una falta de negociación con el Estado, sino el objetivo que pretendía alcanzarse en todo caso, primeramente, mediante un acuerdo pactado y, en caso contrario, de manera unilateral y forzando al Gobierno a asumir una situación de hecho que buscaba crearse”. Con este auto,  traza una cronología del procés, que incluye la desobediencia reiterada del Parlament a las resoluciones del Tribunal Constitucional, movilizaciones, la llegada a la presidencia de Carles Puigdemont el  27 de septiembre de 2015 y los acontecimientos de los últimos meses, cuando se ha recrudecido el choque entre el Govern catalán y el Estado español.

Pese a la renuncia de algunos de los implicados a sus escaños, como Forcadell, Rovira y Bassa, el juez habla de que las intenciones secesionistas pueden permanecer “latentes” a la espera de recuperar el pleno control de las competencias autonómicas, “una estrategia y funciones que pueden no haberse interrumpido con ocasión de la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

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