PANDEMIA COVID-19

La Justicia prevé un colapso generalizado como efecto del covid-19 y elabora un plan de choque

  • El CGPJ ha propuesto una serie de medidas que han sido enviadas al Ministerio de Justicia, a los TSJ, a las asociaciones profesionales y a los operadores jurídicos
  • El documento establece un conjunto de medidas genéricas como es el establecimiento de sentencias orales en cualquier proceso
  • En materia de Justicia Social se utilizará la contestación escrita y sin juicios en los procesos relativos a la Seguridad Social

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto un plan de choque para afrontar el colapso que creen que provocarán los efectos del covid-19 en la Justicia, con especial referencia a los Juzgados de lo Social, que tendrán que ocuparse de los litigios y tramitaciones provocadas por despidos, ERTES y ERES en los próximos meses, o los Juzgados de Familia, entre otros.

Bajo el título “Primer Documento de Trabajo sobre Medidas organizativas y procesales para el Plan de Choque en la Administración de Justicia tras el Estado de Alarma”, el proyecto elaborado por la Comisión Permanente del CGPJ, al que ha tenido acceso cuartopoder, esboza una serie de medidas, a lo largo de 436 folios, que en algunos casos implican reformas legales, sentencias orales en sala, aumento de tasas para determinados recursos, sanciones para el exceso de litigiosidad, la habilitación del mes de agosto de 2020 y retribuciones por objetivos a “jueces y magistrados que colaboren en la realización de aquellos objetivos”.

Este documento, que ha sido enviado al Ministerio de Justicia, a presidentes de los TSJ de las diferentes Comunidades Autónomas, a las asociaciones profesionales y a los operadores jurídicos, es una propuesta inicial, que debe acabar de perfilarse en los próximos días.

El documento fija como objetivos “evitar un colapso generalizado en la Administración de Justicia” y “agilizar al máximo la resolución de todos aquellos asuntos cuya demora pueda incidir más negativamente en la recuperación económica y en la atención a los colectivos más vulnerables”. Bajo esa premisa, establece un conjunto de medidas genéricas, para toda la Administración de Justicia, como es el establecimiento de sentencias orales en cualquier proceso, quepa o no recurso de súplica, sin necesidad de que haya un soporte escrito, puesto que se considerará como tal la grabación del juicio, aunque en el caso de la Justicia Penal, sólo serán posibles estas sentencias verbales para delitos leves.

En materia de Justicia Social se utilizará la contestación escrita y sin juicios en los procesos relativos a la Seguridad Social. O se considerarán urgentes todos los juicios relacionados con la recuperación de horas del permiso de trabajo obligatorio retribuido y no se admitirán recursos de súplica contra las sentencias dictadas en los juicios por ERTES. Por tanto, serán sentencias firmes. Asimismo, se elevará la cuantía de acceso a  las súplicas a 6001€ (lo que supone en la práctica duplicar su coste, que en la actualidad es de 3001€) o aumentar de 20.000 a 30.000€ la suplicación en recursos contra actos de Audiencias Provinciales.

En materia de Derecho de Familia, se advierte que “la crisis económica afectará a las relaciones económicas existentes entre los cónyuges, siendo más que previsible el ejercicio de numerosas pretensiones modificativas (afectados por ERTES, despidos, etc.). A ello habrá que añadir las peticiones de compensación de días de visitas a los hijos comunes, cuya resolución no puede demorarse por afectar de manera esencial al derecho de los hijos a relacionarse con sus progenitores”. Por todo ello se insta a que se pongan en marcha los nuevos juzgados cuya puesta en marcha estaba prevista entre marzo y junio de este mismo año y se plantea la puesta en marcha del trámite de incidente de ejecución rápido, para la resolución de las peticiones de compensaciones de regímenes de vistas para los progenitores que no hayan podido disfrutar del establecido por resolución judicial. Asimismo, se propone exigir como requisito para admitir una demanda de separación y divorcio, en caso de haber hijos menores, que se acompañe a la demanda un documento sobre la regulación de las responsabilidades parentales y, en su caso, de solicitud de medidas de carácter patrimonial e información económica.

Todas estas medidas, son todavía susceptibles de ser modificadas tras la discusión del documento en los distintos ámbitos competentes.

2 Comments
  1. Miguel says

    Mientras tanto Esperpento Aguirre y sus socios y secuaces estarán partiéndose de risa con su corrupto/proyecto de la tan cacareada «Ciudad de la Justicia» , y que terminó resultando ser : » La Ciudad de los conejos….» . ç
    Y para cuando esta otra rata de la Esperpento Aguirre haya reventado como el mafioso, chorizo y exjefe la la Policía Nacional » Juanito Cotino » ; es cuando recibirá la » correpondiente….» citación del juzgado que lleve este asunto más de la corrupción «marca España» á gogo.

  2. Florentino says

    … Esther, el colapso ya existía, pero en un acto de audacia procesal… se pierden ciertos papeles, se retrasan las comparecencias, se añaden bulos fascistas al entramado. ¿ Y ? el PP absuelto, por falta de papel higiénico, demencias adelantadas, juicios retrasados, goteo de «coronavirus bendecidos», discos duros destrozados… ¿ y ? Fiscales y jueces puestos a «dedo» y sin renovar el CGPJ… ¡ Por qué no quiero, que los pusimos nosotros !.
    De verdad, que la gente está bien orientada… O, ¿ son los efectos dobles de una prensa excesivamente estimulada, en tapar… ¡ lo que hay que DESTAPAR !.

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