Justicia universal, el peligro de legislar en caliente

0

Íñigo Corral *

sanchez_justicia_universal
Pedro Sánchez durante su intervención en el acto de presentación del programa electoral del PSOE el pasado sábado, 21 de noviembre. / Paco Campos (Efe)

“No se debe legislar en caliente” o “no se puede legislar a golpe de titular periodístico” son frases del argumentario político cuando, a raíz de unos hechos graves, el oponente piensa que endurecer el Código Penal puede ser la alternativa más eficaz para atajar el problema. Si aparece una persona degollada y el presunto asesino tiene menos de 18 años, el manual contempla que se exija al titular de Justicia correspondiente que reforme la Ley del Menor; si excarcelan a un etarra después de 25 años entonces se pide que se aumenten las penas de prisión para casos de terrorismo; si un banquero es absuelto porque sus delitos han prescrito, lo primero que se le viene a la cabeza a un político de la oposición es solicitar que se doblen los plazos de prescripción para estos delitos. Este tipo de cuestiones, en plena campaña electoral, es un caramelo para cualquier político. Así que Pedro Sánchez se apresuró la semana pasada a anunciar que si es presidente del Gobierno derogará la ley de reforma de la justicia universal, aprobada en solitario por el PP, para que, en palabras del dirigentes socialista, “los policías y jueces españoles puedan actuar eficazmente en materia terrorista y de lucha organizada contra el crimen exterior”.

Tampoco es que lo de Sánchez fuera una ocurrencia para salir del paso. La propuesta figura en el programa del PSOE que presentó el sábado en Madrid en materia de justicia junto a otras como la eliminación de la 'ley mordaza', la derogación “inmediata” de la prisión permanente revisable o la supresión de las tasas judiciales. Primero en la época de Alfredo Pérez Rubalcaba, y posteriormente con Pedro Sánchez, los socialistas han ido presentado sendos recursos ante el Tribunal Constitucional que aún están pendientes de resolver. Lo que no parece serio es que el anuncio se hiciera 48 horas después de los sangrientos atentados de París porque puede dar una imagen “equivocada” de que España va a ser la impulsora de todas las acciones judiciales “para perseguir por cualquier parte del planeta la comisión de un delito”, señala un especialista en asuntos  de derecho internacional.

Endurecer leyes de la noche a la mañana en el Parlamento se ha puesto de moda durante la legislatura que termina y la reforma de la justicia universal no iba a ser menos. En enero de 2014 el PP presentó una proposición de Ley Orgánica para reformar la cuestión, y en menos de tres meses ya estaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el nombre de Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de q de julio, del  Poder Judicial, relativa  a la justicia universal. Ahora, en plena campaña electoral, hay también una especie de subasta entre los partidos sobre el modo de realizar una reforma constitucional. Nadie cuestiona la urgencia o la conveniencia de hacerlo, pero la puja más alta parte de Izquierda Unida que aboga por un proceso constituyente. En palabras del catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad de Granada, Gregorio Cámara, existe un “clamor” para llevar a cabo las reformas porque hay casi un 40 por ciento de la población que no votó en el referéndum sobre la Constitución “y porque en países de nuestro entorno como Italia, Portugal o Alemania son cosas que se hacen con total naturalidad”.

Antes de las distintas reformas sobre ley que hicieron socialistas y populares hay quien recuerda que el tema de la jurisdicción universal tuvo sus momentos de controversia. En la Audiencia Nacional aún se comenta con cierta sorna el auto de Baltasar Garzón en el que procesaba a Osama Bin Laden por los atentados de las Torres Gemelas de Nueva York. Sobre la existencia de un vídeo fechado en el año 2001 en el que el ex líder de Al Qaeda afirmaba que las acciones de su organización terrorista “incluyen todo Occidente y, por tanto, España”, Garzón entendió que si Bin Laden fuera detenido “se tendría que establecer la prioridad de jurisdicciones y competencia, correspondiendo a España lo que se derive de la aplicación del principio de justicia penal universal”.

Aunque muy pocos discutieron si la decisión del ex juez se ajustaba o no a derecho, sí que incidieron en lo inviable del tema y en su inutilidad salvo para aparecer en los medios de comunicación. Llamaba poderosamente la atención el tema de la responsabilidad civil. “Se exigirá el afianzamiento de aquellas cantidades que resulten de la evaluación de los perjuicios y la pérdida de vidas humanas, concretándose todos ellos en un momento posterior, cuando de disponga de toda la información necesaria”, pedía Garzón en su auto. “Cuesta creer que los peritos de la Audiencia Nacional se desplacen a Nueva York para tasar los daños de unos atentados que aún nadie ha cuantificado pero conste que, jurídicamente hablando, tampoco es ningún disparate”, reflexiona el mismo especialista.

La STC 237/2005, cuyo ponente fue Guillermo Jiménez, estableció que la justicia española era competente para juzgar delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad cometidos fuera de España aún cuando no hubiera víctimas españolas. En términos jurídicos equivale a decir que la jurisdicción universal prima sobre la existencia de posibles intereses nacionales respecto a otros países. Establecía incluso la posibilidad, más utópica que real, de capturar, poner a disposición judicial y juzgar si llegara el caso a los responsables de las atrocidades cometidas por los dirigentes políticos y militares en Guatemala entre 1978 y 1986. Rigobeta Menchú, la Premio Nobel de la Paz había ganado por fin una batalla después de haber perdido otras ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo que entendieron que al no haber víctimas españolas no eran competentes para investigar los crímenes, torturas y secuestros cometidos sobre todo durante la época del dictador José Efrain Ríos Montt.

La sentencia convertía a España en el paraíso de las denuncias y querellas contra todos los sátrapas del universo. Al margen de no disponer de medios materiales y personales para investigar las atrocidades que se denunciaran, el hecho de que España se dedicara a lavar la ropa sucia de otros países podía traer consecuencias irreversibles en las relaciones diplomáticas con algunos de ellos. Antes de que ocurriera algo parecido en 2009, el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero introdujo modificaciones en la justicia universal para acotar su ámbito de actuación. Así, con las modificaciones incluidas en el texto legal, la Audiencia Nacional sólo podía investigar delitos contra la humanidad cometidos fuera de España si su responsables estaban en suelo español, también cuando alguna de las víctimas tuviera nacionalidad española o si tenía alguna conexión “relevante” con nuestro país. Además, los jueces españoles no podían intervenir en una causa que ya estuviera siendo investigada de forma “efectiva” en otro estado. El primer beneficiado de esta reforma fue Israel, que vio como la Audiencia Nacional se debía desentender de un asunto tan turbio como el bombardeo ocurrido el 22 de julio de 2002 en el barrio Al- Daraj de Gaza en el que falleció el líder de Hamas, Salah Shehade, junto a otros 14 civiles.

Ya con el PP en el poder, y con la posibilidad real de que se generara un conflicto institucional con dos grandes potencias como China o Estados Unidos, el Gobierno de Mariano Rajoy dio otro tijeretazo a la ley. Los casos de José Couso, asesinado por militares norteamericanos durante la guerra de Irak, o el del ex presidente chino Jiang Zemin, imputado junto a otros dirigentes del Partido Comunista chino por las torturas, persecución y  genocidio contra los practicantes de una enseñanza religiosa llamada Falun Gong, sólo podían traer problemas a un Gobierno que en 2012 prácticamente iniciaba su andadura. La nueva vuelta de tuerca a la ley añadía aún más límites porque establecía una serie de requisitos específicos para cada delito. A partir de entonces fue cuando se comenzó a condicionar la competencia de los tribunales españoles para instruir sólo causas relativas a delitos cometidos en el extranjero bajo tres requisitos: que los acusados fueran españoles, que residieran habitualmente en España o que fueran extranjeros cuya extradición hubiera sido denegada por España.

De repente la Audiencia Nacional dejó de investigar casos tan relevantes como una denuncia presentada por un grupo de familiares de los, al menos, 7.000 soldados republicanos que estuvieron recluidos durante la II Guerra Mundial en distintos campos de concentración como el de Mauthaussen; los vuelos de la CIA que hicieron escala en España trasladando a presuntos terroristas detenidos  o el genocidio cometido en Ruanda donde fueron asesinadas alrededor de cuatro millones de personas, entre ellas nueve ciudadanos españoles. Todo ello trajo consigo las críticas de varios jueces y fiscales de la Audiencia Nacional que acusaron al Gobierno de “vaciar de contenido” algunos derechos constitucionales básicos como el derecho a la tutela judicial efectiva así como los derechos de las víctimas.

La perseverancia de algunos jueces por no dar carpetazo definitivo al tema ha servido para que el Tribunal Supremo haya ordenado la reapertura de dos sumarios en los que hay fallecidos ciudadanos españoles.  El magistrado José de la Mata ha conseguido hace muy pocos días que el Alto Tribunal acepte que investigue el asesinato del diplomático y miembro del PCE, Carmelo Soria, ocurrido en Chile hace 39 años al apreciar una clara “falta de voluntad” de la justicia chilena. Parecido argumento había empleado meses antes  el Tribunal Supremo para delegar en el juez Eloy Velasco las pesquisas para aclarar las circunstancias que rodearon los asesinatos del jesuita Ignacio Ellacuría y de otras siete personas en la Universidad Centroamericana de El Salvador, al existir indicios “serios” y “razonables” de que el proceso judicial emprendido en el país centroamericano no garantizó ni la persecución ni el castigo de sus responsables. Si tras el 20-D el PSOE vuelve al gobernar, los jueces y fiscales de la Audiencia Nacional tendrán en las mesas de sus despachos material suficiente como para desempolvar otros muchos sumarios.

(*)  Íñigo Corral es periodista.

Leave A Reply