JUSTICIA / Una maniobra a la desesperada

El PP se agarra a la ‘doctrina Botín’, que el nuevo fiscal general rechazó

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El magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar, elegido para dirigir la Fiscalía General del Estado
El magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar, elegido para dirigir la Fiscalía General del Estado tras la repentina muerte de José Manuel Maza. / rtve

El mismo día que el Gobierno de Mariano Rajoy propuso al magistrado del Supremo Julián Sánchez Melgar como nuevo fiscal general del Estado se supo que el partido que lo promueve, el primero que será juzgado en democracia en un procedimiento penal por destruir los ordenadores en los que su extesorero Luis Bárcenas guardaba datos sobre sus 20 años de contabilidad B, apeló a la denominada doctrina Botín para intentar no sentarse en el banquillo de los acusados.

Y eso que Sánchez Melgar, al que se considera conservador en el mundo de la judicatura, se alineó el 17 de diciembre de 2007 con el sector progresista del alto tribunal para criticar la doctrina edificada ad hoc para el banquero, que le libró de ser juzgado en el caso de las cesiones de crédito del Banco Santander con el argumento de que un procedimiento debe archivarse si, en el momento de la apertura de juicio oral,  decae la acusación de la Fiscalía y del afectado directo por el delito a juzgar, como ocurre en el caso de los discos duros de Bárcenas.

En un voto particular muy contundente, Sánchez Melgar defendió la continuidad del caso Botín a instancias únicamente de la acusación popular y señaló que la limitación defendida por la mayoría del Pleno de la Sala Segunda del Supremo era “contraria al espíritu de la norma” y contradecía, no sólo “la tradición procesal”, sino también “la existencia misma de la institución que conforma la acusación popular”, concebida en la primigenia Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1872.

Tras acusar a sus compañeros del Supremo de agarrarse a la “interpretación literal” del artículo 782.1 de la norma, que dispone que, “si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaren el sobreseimiento de la causa, lo acordará el juez”, el nuevo fiscal general del Estado dejó escrito que resultaba “incomprensible” que la acusación popular fuera un actor equiparable a la Fiscalía y a la acusación particular durante todo el procedimiento, pero no en el momento de solicitar la apertura del juicio oral, en el que, a partir de la nueva doctrina, se convertía en “un convidado de piedra”.

Sánchez Melgar, que anticipaba en su voto particular la doctrina Atutxa al preguntarse quién era el perjudicado por bienes jurídicos colectivos o difusos (caso de los delitos contra la Hacienda Pública o los medioambientales), defendió el ejercicio de las acusaciones populares como “un derecho fundamental, cívico y activo” y advirtió de que la interpretación aplicada a Botín no había sido nunca “seguida” ni por la jurisprudencia del Alto Tribunal ni por la del Constitucional ni por la doctrina de las audiencias provinciales. “Constitucionalmente”, señaló, “no es predicable restricción alguna a las facultades del ejercicio de la pretensión punitiva, que cuenta con igualdad de facultades jurídicas, al resto de las acusaciones personadas, sean éstas públicas o estrictamente privadas”.

Diez años después, al borde del auto de apertura del juicio oral que le sentará en el banquillo de los acusados por la destrucción de los ordenadores de Bárcenas, el PP echa mano de la doctrina Botín que tan duramente criticó el magistrado elegido para dirigir la Fiscalía General del Estado, argumentando que el Ministerio Público no aprecia indicios de delito y que el extesorero, que ejercía la acusación particular, se ha retirado del procedimiento.

A esos argumentos se une el de que el delito de daños informáticos, derivado del formateado en 35 ocasiones de los discos duros, tiene, según el PP, un “carácter privado” y que el único titular del bien protegido sería el propio Bárcenas. Según la formación conservadora, al decaer el delito de daños informáticos, automáticamente lo haría el de encubrimiento, que se justifica por el hecho de que la destrucción de los ordenadores se produjo, cuando en el año 2013, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz reclamaba al PP numerosa documentación para tratar de acreditar la existencia de la caja B de donaciones ilegales que indiciariamente existió en Génova al menos entre los años 1990 y 2008.

Si la última bala en la recámara del PP se encasquillara, la de la doctrina que salvó del banquillo al intocable Botín, la formación de Mariano Rajoy estrenará banquillo para los partidos políticos a finales de 2018 o principios de 2019. Y las acusaciones populares, que ejercen Izquierda Unida, el Observatori DESC y la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE), solicitan, entre otras cosas, penas de cuatro años y medio de cárcel para la tesorera del PP, Carmen Navarro, y su responsable jurídico, Alberto Durán, y una durísima sanción para los populares como persona jurídica: multas de hasta diez millones de euros, la suspensión de actividades durante un periodo de seis meses y la prohibición de recibir donaciones durante el próximo lustro.

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