6 MESES DEL 1-O

Regresión de derechos colectivos e individuales en todo el Estado, no solo en Catalunya

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Manifestación en Barcelona en demanda de la liberación de los Jordis
Manifestación en demanda de la liberación de los 'presos políticos' Jordi Sànchez y Jordi Cuixart llevada a cabo el pasado 21 de octubre en Barcelona. / Roser Vilallonga (Assemblea.cat / Flickr)

Por Júlia Trias

Lo que ocurrió el 1 de octubre de 2017 en Barcelona es descrito de distintas maneras pero hay un hecho que no se puede explicar sinó así: 893 personas salieron a la calle ese día y volvieron heridas a sus casas. Heridas por balas de goma, porrazos, golpes. Y asustadas, lo que muchas veces deja una huella más duradera que la de una fractura. El 1 de octubre también hubo organización y solidaridad popular, así como más de dos millones de personas que votaron, a favor de la independencia o no. Si bien las vulneraciones de derechos y el recorte de libertades no empezaban entonces, desde ese momento adquirirán una mayor dimensión hasta hoy, seis meses después.

Estamos viviendo una situación de excepcionalidad con la combinación de distintos elementos:

Por un lado, tenemos las actuaciones antirreglamentarias y desproporcionadas de los cuerpos de seguridad del Estado. Las fuerzas de seguridad del Estado llevaron a cabo actuaciones abusivas tanto el 1 de octubre como en distintas manifestaciones y concentraciones posteriores enmarcadas en el mismo contexto. Se hizo un uso de las porras doblemente prohibido en los protocolos policiales: por encima de la cintura y en partes sensibles como la cabeza, hecho que atenta gravemente contra la vida de las personas. Además, a pesar de que la prohibición de las balas de goma para la Brigada Móvil (Brimo) de los Mossos d’Esquadra se hiciera efectiva en el año 2014, en marzo usaron las peloteras para disparar salvas. El uso de las armas que disparan balas de goma se puede entender fácilmente como un acto de intimidación, ya que son visiblemente reconocibles. Como en cualquier otro contexto de represión, el miedo siempre forma parte de la estrategia. Por otro lado, el 1 de octubre la Policía Nacional disparó balas de goma causando heridos graves, como Roger Español, que perdió la vista de un ojo. En su caso, se disparó de manera directa a él y a una distancia de menos de 15 metros, ambas prohibidas en los protocolos de esta arma.

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Como se pudo ver con el caso de Ester Quintana, que perdió un ojo por un disparo de bala de goma antes de su prohibición por el Parlament de Catalunya y ningún mosso fue identificado como el autor de dicho disparo, es fundamental que existan protocolos internos de investigación y sanción efectivos propios de los cuerpos y fuerzas de seguridad. Con el mismo objetivo, es necesario que los agentes antidisturbios vayan visiblemente identificados, es decir, que lleven el número de identificación en el pecho y en la espalda, hecho que no ocurre y que contribuye a su impunidad de manera clara. Los casos de Ester y de Roger junto con las 16 personas muertas y las otras 22 personas que han perdido el ojo o la visión por el impacto del proyectil en el Estado español desde 1990 también nos obliga a volver a poner encima de la mesa la necesidad de prohibir las balas de goma en todo el Estado.

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El hecho de que el Estado tenga el monopolio de la violencia y, por extensión, lo tengan los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado es el que debe justamente obligar a seguir sus propios protocolos donde rigen los criterios de proporcionalidad e integridad. No fue así en las manifestaciones del 23 y 25 de marzo, cuando las furgonetas policiales se usaron como medio de dispersión de las personas concentradas, a toda velocidad e intimidatoriamente. Tampoco fue así cuando, durante las movilizaciones de ese fin de semana, incluso periodistas visiblemente identificados fueron agredidos por la Brimo de los Mossos d’Esquadra. Tampoco ha sido así con el desalojo de Plaza Cataluña en el 15M, la actuación policial en las movilizaciones de Can Vies, con Juan Andrés Benítez, con el Tarajal o la protesta con la protesta Rodea el Congreso.

Jordi Cuixart aplaude a las 60.000 personas que el pasado 13 de junio acudieron a la concentración en apoyo del referéndum, organizada en Montjuic
Cuixart aplaude a las 60.000 personas que el pasado 13 de junio acudieron a la concentración en apoyo del referéndum./ Òmnium Cultural (Flickr)

Por otro lado, estamos asistiendo a un uso abusivo de recursos jurídicos para fines políticos. La jueza de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, decretó prisión provisional sin fianza para Jordi Cuixart i Jordi Sánchez, presidentes de Òmnium Cultural y ANC, acusados del delito de sedición. Esta respuesta judicial a las movilizaciones del 20 y 21 de septiembre ha sido considerada desproporcionada e injustificada por menoscabar el derecho a la libertad de expresión y al derecho de reunión y manifestación. El delito de sedición implica alzarse de forma pública y tumultuaria para impedir la aplicación de la Ley y la actuación de las fuerzas del Estado, argumento que subraya en su auto la juez. Posteriormente, el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, procesó a ambos líderes sociales junto con distintos líderes políticos, por rebelión. Para el delito de rebelión, considerado muy grave, es necesario que los responsables se alcen “violenta y públicamente”. Llarena no sólo omite la apelación a la no violencia constante por parte de los líderes sociales durante las manifestaciones sino que, además, considera que el hecho de que las manifestaciones fueran masivas configura un elemento de intimidación y coerción constitutivas de violencia, a pesar de ser absolutamente pacíficas. El encarcelamiento de Cuixart y Sánchez no solo vulnera toda la legislación nacional e internacional sobre el derecho a la reunión pacífica, el derecho a la libertad de expresión y de participación política sino que, además, representa un grave ataque a los derechos fundamentales colectivos. Por otra parte, de acuerdo con el derecho internacional, las sanciones penales y en concreto la privación de libertad se consideran un abuso a los derechos civiles y políticos cuando se trata de limitar el derecho a la libertad de expresión.

La separación de poderes es un síntoma de buena salud democrática, carencia que se evidencia una vez más dentro del contexto post 1 de octubre. Se ha podido evidenciar lo mismo en otros contextos, relacionados también con el derecho a la libertad de expresión. Se ha podido ver con el caso de Cassandra Vera, con Pablo Hassel o con Valtonyc. La censura y penalización de tuits, canciones, también libros y exposiciones, dibuja un aparato estatal duro que castiga la disidencia en detrimento de los derechos colectivos e individuales de todxs. Si estamos con Pabo Hassel estamos con Jordi Sánchez, y si estamos con Valtonyc estamos con Jordi Cuixart.

La poco nítida línea de separación entre la esfera política y la judicial nos lleva, finalmente, a la criminalización de la protesta. Con la aprobación de la Ley 4/2015 o la Ley Mordaza, así como con la modificación del Código Penal en el 2015, se dió una regresión de los derechos y libertades muy amplia. Durante los seis meses posteriores al 1 de octubre hemos podido ver sus consecuencias, como también de manera anterior y en otros contextos. Desde la entrada en vigor de la Ley Mordaza estamos viviendo un incremento de los abusos policiales y de la vulneración de derechos debido a, muchas veces, la discrecionalidad de los agentes en sus actuaciones por la presunción de veracidad que les confiere dicha Ley. Además, la Ley Mordaza considera infracciones “la perturbación de la seguridad ciudadana” en el Congreso, el Senado y las cámaras autonómicas, “la falta de respeto y consideración” a un agente de policía o la organización o promoción de manifestaciones donde haya disturbios posteriormente. La vaguedad de los términos no solo afecta al principio de seguridad jurídica sino que, de acuerdo con la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y asociación, califican de delito la mera resistencia pacífica.

Puede ser útil analizar el momento actual no como la transformación del Estado en un aparato represor sino como un despliegue de muchos - digo muchos porque por desgracia podría haber más - de los mecanismos diseñados y establecidos a tal efecto previamente. Una situación, un contexto, que hace tambalear los cimientos del modelo de Estado actual ha provocado el despliegue de una serie de dispositivos ya preexistentes. Es aquí donde el momento actual debe apelarnos a todxs. Esto pasa por entender de lo que el aparato del Estado es capaz cuando se intenta mover un pilar que considera fundamental. Podemos especular sobre cómo actuaría el aparato estatal si se convocaran manifestaciones continuadas y sostenidas a nivel estatal exigiendo la dimisión de todo servidor público implicado en un caso de corrupción o la derogación de la monarquía.

¿Qué podemos hacer ante el panorama actual? Por una parte, trabajar para revertir las leyes y los dispositivos que atentan contra los derechos democráticos, para recuperar la capacidad de cambiar decisiones políticas y para conseguir que los partidos políticos y las leyes estén al servicio de las necesidades populares y no al revés. Por otra parte, fundamental, es importante que entendamos que esto nos apela a todxs. Que vivimos con un aparato estatal que si lo considera, puede desplegar una serie de dispositivos represivos y vulneradores de derechos con impunidad. Que no va de si creemos que el 1 de octubre se trató de una movilización, de si creemos que los catalanes son insolidarios, de que si esto no hace nada más que alejar a Cataluña o de si queremos irnos de España. Esto ha pasado a ser un debate sobre los derechos y las libertades de todxs, en cualquier situación o contexto.

(*) Júlia Trias es integrante de Irídia - Centro por la Defensa de DDHH

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