La paradoja jurídica de las personas inmigrantes trabajadoras en situación irregular en España

  • "Los empresarios aprovechan la situación de vulnerabilidad de las trabajadoras y trabajadores migrantes empleándolas ilegalmente para reducir costes de producción"
  • "Las inspecciones laborales juegan un papel esencial para la detección y el control de casos de abuso o explotación laboral"
  • "En la lucha contra la trata de personas y el empleo ilegal es importante no solo la regulación efectiva de la oferta de mano de obra y los derechos de los trabajadores, sino también la protección de su sindicalización"

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Marta Sánchez Capel, Economistas Sin Fronteras

La actual situación sanitaria ha sacado a la luz algunas injusticias sociales típicas del sistema de producción y consumo que nos es habitual. Por ejemplo, la paradójica situación a la que se enfrentan las personas migrantes en el momento de buscar empleo y de ser empleadas. Esta situación implica dos circunstancias: la primera es que este colectivo es más vulnerable a ser empleado de forma ilegal; la segunda se da cuando la persona migrante, empleada de forma ilegal, quiere denunciar su situación para, por ejemplo, reclamar el salario impagado a su empleador/a o para denunciar casos de explotación laboral o incluso esclavitud. En este caso, se produce una paradoja jurídico-legal: en teoría existe la opción de denunciar, pero en la práctica las denuncias de esta índole pueden entrañar consecuencias tales como la expulsión del país. De ahí el escaso número de denuncias por explotación o esclavitud por parte de personas migrantes que trabajan de manera ilegal. Factores como el miedo a las consecuencias jurídicas que se puedan desencadenar llevan a la persona migrante trabajadora empleada ilegalmente a pensárselo dos veces antes de denunciar a quien le ha ofrecido un empleo ilegal.

Crecimiento económico a cualquier coste: emplear ilegalmente a personas migrantes en situación irregular: ¿Qué, quién y cómo?

Es importante evitar confundir el "trabajo ilegal o clandestino" con la "migración irregular" porque, como ya destacaba el Ministerio francés de Trabajo, de Empleo y de Inserción en 2008, puede acarrear consecuencias como el aumento del discurso de odio. La situación jurídico-legal de las personas migrantes depende de varios factores que pueden resumirse en tres: la vía por la que se llega al país, la situación en la que se permanece dentro de las fronteras y la manera en que esa persona trabajadora es empleada (legal o ilegalmente).

  • ¿Qué?

La actividad profesional puede ser legal o ilegal. La Comisión Europea define el trabajo no declarado como una actividad lícita en su naturaleza pero que no se declara a las autoridades públicas. El empleo ilegal de nacionales de terceros países se define como el empleo que infringe la legislación en materia de inmigración y/o laboral.

  • ¿Quién?

Un estudio de la CE de 2017 (1) demuestra que las empresas europeas que emplean ilegalmente a personas extranjeras no comunitarias suelen ser mayoritariamente pequeñas y medianas empresas y también, aunque con menos frecuencia, grandes empresas y hogares. Los sectores donde más se emplea ilegalmente a este colectivo son la agricultura, la construcción, la industria manufacturera, la hostelería y la restauración. En general sectores intensivos en mano de obra poco cualificada, y que tienen una alta rotación de personal y bajos salarios (2). El sector industrial con mayor número de empleos informales (93,6%) en el mundo es la agricultura (3).

  • ¿Cómo?

Los empresarios aprovechan la situación de vulnerabilidad de las trabajadoras y trabajadores migrantes empleándolas ilegalmente para reducir costes de producción. Esta vulnerabilidad no es reciente y se explica por varias razones como la barrera lingüística, las dificultades para probar la situación de empleada/o ilegal, el desconocimiento de los trámites administrativos o el temor a denunciar la situación por posibles repercusiones legales. Estas últimas pueden adoptar diferentes formas. La más frecuente es la sanción económica. Otras son la detención o la expulsión del país.

El miedo a las sanciones alimenta la paradoja a la que se enfrentan estos trabajadores. Las autoridades optan por anteponer las leyes de migración a las leyes que protegen los derechos de las víctimas de empleo ilegal, aumentando así el riesgo de explotación o incluso de esclavitud y limitando las posibilidades de denuncia de las víctimas en situación precaria.

¿Cómo tratan esta cuestión las organizaciones internacionales?

Este hecho no pasa desapercibido para la OIT que denuncia, además, la escasa gobernanza de la migración laboral y sitúa la manera en que el reclutamiento se organiza, se regula y se supervisa entre las causas de la explotación y el abuso laboral. La importancia de esta cuestión es tal que tanto Naciones Unidas como la Unión Europea han tomado medidas al respecto. La primera a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En concreto, la meta 8 del ODS 8 se dirige a proteger a este colectivo frente a la victimización. Y la segunda, reforzando el marco jurídico europeo para acabar con la explotación laboral mediante la adopción de la directiva 2019/1152 sobre condiciones de trabajo transparentes y previsibles y el Reglamento (UE) 2019/1149 por el que se crea la Autoridad Laboral Europea. Además de las medidas previstas en directivas anteriores como la obligación de los Estados miembros de identificar los sectores de actividad más expuestos al riesgo de empleo ilegal de trabajadores de terceros países (art. 14.2. de la Dir.2009/52/CE, por la que se establecen normas mínimas sobre las sanciones y medidas aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación irregular).

Mientras tanto en España …

Internacionalmente, las Instituciones encargadas de promover el trabajo decente y el empleo de calidad están de acuerdo en que hay que poner fin a esta situación de precariedad que afecta a un grupo muy concreto de personas trabajadoras. Sin embargo, en el plano nacional, esta cuestión está generando bastante polémica en el Congreso de los Diputados.

En este sentido, las inspecciones laborales juegan un papel esencial para la detección y el control de casos de abuso o explotación laboral. En España, las competencias se reparten. Las Comunidades Autónomas usan la Inspección para atajar el fraude en las relaciones y la prevención de riesgos laborales. El Estado vigila la parte de Seguridad Social y extranjería. Solo Cataluña y País Vasco tienen las competencias completas sobre el personal. El actual Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene como objetivo mejorar la protección de los trabajadores víctimas de la trata con fines de explotación laboral (objetivo 11). Y según dicho plan, durante el periodo 2017 se encontraron más de 86.989 empleos irregulares, se transformaron 92.925 contratos de trabajo temporal en contratos indefinidos en fraude a la ley y se realizaron procedimientos de liquidación por un importe de 944 millones de euros (INSST, 2019).

Denunciar la situación: en la teoría y en la práctica

Las personas migrantes trabajadoras que se enfrenten a situaciones como las mencionadas pueden denunciarlas ya sea directamente o a través de sindicatos u organizaciones (directiva 2009/52/CE). Así mismo, este colectivo (resida legal o ilegalmente) puede reclamar una indemnización por los salarios impagados contemplados en un contrato válido (incluso en caso de despido). Sin embargo, en la práctica esta opción no resulta viable por varias razones:

1) La inaccesibilidad para las personas empleadas ilegalmente: barrera lingüística, dificultades para participar en los procesos administrativos implícitos a la denuncia (incluso con asistencia jurídica) y para demostrar la veracidad de su empleo (ya que a veces no existe contrato válido) (4).

2) El miedo a las consecuencias legales. Se enfrentan a riesgos directos: una decisión de repatriación, con la posibilidad de detención y prohibición de entrada y estancia.

3) Las limitadas respuestas satisfactorias para las personas trabajadoras migrantes son limitadas. Aunque existen ejemplos de personas a las que la justicia ha tenido en cuenta.

4) Las inspecciones pueden estar ideológicamente sesgadas. Por ejemplo, las autoridades encargadas de realizar las inspecciones en España han favorecido la persecución de los desempleados para averiguar si se justifica el fraude en la percepción de la ayuda por desempleo.

5) La reticencia política e ideológica a adoptar tales medidas. Los grupos parlamentarios PP y Vox son reacios a reforzar las inspecciones de trabajo, con el pretexto de que ello podría poner en peligro la competitividad económica del sector en el mercado internacional. Un ejemplo de ello ha sido la mala acogida que ha tenido la propuesta del gobierno para fortalecer el sistema de inspección del trabajo en el contexto de COVID-19, en particular en el sector agrícola. La competitividad a la que se refieren se debe a los bajos salarios pagados a los empleados ilegales que trabajan en el medio rural de España, especialmente en Andalucía y el sudeste del país, y a las condiciones de vida y de trabajo que los empleadores ofrecen a sus empleados.

Algunas soluciones

Las soluciones para acabar con esta paradoja existen: una clara separación entre la justicia laboral y la aplicación de la ley de inmigración es esencial. Y si no, una solución intermedia que proponen las organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos de las personas migrantes consiste en la implementación de la figura que denominan “cortafuegos”, que permita a los trabajadores indocumentados presentar con seguridad denuncias contra empleadores abusivos, sin temor a ser detenidos y deportados por las autoridades de inmigración. De esta manera, se podrían lograr condiciones de trabajo justas y, al mismo tiempo, combatir eficazmente el dumping social y la explotación de los trabajadores migrantes.

En conclusión, en la lucha contra la trata de personas y el empleo ilegal es importante no solo la regulación efectiva de la oferta de mano de obra y los derechos de los trabajadores, sino también la protección de la sindicalización de los trabajadores. Así mismo, ampliar el alcance de la protección a todos los sectores de la economía y a los trabajadores en situación irregular es clave. Especialmente en el contexto de la emergencia sanitaria en la que nos encontramos y de la que hemos aprendido valiosas lecciones, como el hecho de que los trabajadores no necesitan "papeles" para ser considerados esenciales (5). Es la dignidad de estos trabajadores la que también debería ser esencial. Como el propio presidente de la Comisión, Jean-Claude Juncker, dijo en su discurso sobre el estado de la Unión en 2017, "en una Unión de iguales, no puede haber trabajadores de segunda clase".

Economistas sin Fronteras no se identifica necesariamente con la opinión del autor y esta no compromete a ninguna de las organizaciones con las que colabora.

Notas finales:
(1) Ver Comisión Europea (2017). Illegal employment of third-country nationals in the European Union –Synthesis Report. Brussels: European Migration Network.
(2) Ver CE, 2017, tabla A5.4 del anexo 5, p.117
(3) Ver OIT, 2018, p.20
(4) Ver VEGA y ROBERT, 2013
(5) Ver Europa Press, 2020
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