Catalá usa argumentos contrarios a indultar a Bódalo que sí sirvieron en otros casos

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Íñigo Corral *

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Andrés Bódalo, exconcejal y miembro del Sindicato de Andaluz de Trabajadores, en el momento de su detención. / Efe

Se acerca mucho a la realidad esa frase de que muy pocos políticos resisten una hemeroteca. No es lo mismo decir o prometer algo cuando el viento sopla a favor que hacerlo cuando una legislatura está acabada y el ministro de turno, con la excusa de estar en funciones, se resiste a dar detalles de lo que lleva a cabo su departamento. Tampoco debe ser lo mismo defender que a alguien se le deniegue el indulto porque tanto el tribunal sentenciador como el fiscal se oponen a otorgar la medida de gracia que hacerlo sin justificar en modo alguno sus argumentos cuando la situación procesal no es que sea parecida o similar; es que es idéntica. El factor de la temporalidad o, si se quiere, la proximidad de unas elecciones a la toma de una decisión popular o impopular, según el caso, hace que la balanza de la justicia pierda el equilibrio y se incline hacia un lado casi al punto de caerse.

Andrés Bódalo, el exconcejal y miembro del Sindicato de Andaluz de Trabajadores (SAT), lleva en prisión desde el pasado 30 de marzo para cumplir una condena de tres años y medio de prisión por agredir durante unas jornadas de protesta al primer teniente alcalde de Jodar (Jaén), el socialista Juan Ibarra. Esta semana, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo. Alegó que el Tribunal Supremo había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al negarse a revisar su causa y la respuesta fue que su recurso no contaba con la argumentación específica suficiente. Nada extraño en el  Tribunal Constitucional, que suele inadmitir en torno al 98 por ciento de los casos que le llegan. Por tanto para anular su condena, a Bódalo sólo le queda acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), cuya demanda tardaría varios años en resolverse, o que el Gobierno le conceda el indulto total o parcial.

En un tema como el de otorgar el perdón gubernamental, la discrecionalidad y el oportunismo pueden jugar contra del interesado. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ya ha adelantado que no será sencillo que se le pueda indultar. “No es fácil la concesión de indulto y no porque a mí o a la Gobierno nos parezca mejor o peor, sino porque (en este caso) no concurren los requisitos que tiene que haber en una concesión así”, explicó ante las cámaras de 13 TV. Para ello esgrime varios argumentos que vienen a resumirse en uno sólo: hacer un uso “razonable” y “proporcionado” de dicha medida de gracia. A su visión pesimista para dar una solución al tema vía indulto, aporta la exigencia de otras razones de peso que podrían avalar su decisión futura: tener informes favorables del tribunal, del fiscal o del perjudicado (en este caso el del concejal), de instituciones penitenciarias (dado que está en prisión) o que lo pida el propio Bódalo. Catalá añadía un razonamiento más, y es que al estar en funciones, un Gobierno no puede tomar este tipo de decisiones.

Tampoco es así realmente. José Luis Rodríguez Zapatero indultó cuanto estaba en funciones al exconsejero delegado del Santander Alfredo Sáenz. El PP, con Mariano Rajoy a pocos días de convertirse en nuevo inquilino de la Moncloa y con una mayoría absoluta aplastante, no dijo nada puesto que la medida ya había sido consensuada previamente. Y eso que la condena no acarreaba el ingreso en prisión de Sáenz porque sólo era de tres meses y que el tribunal sentenciador se oponía de plano a cualquier tipo de medida de gracia. La excusa se Catalá se vuelve contra él cuando se revisa el BOE porque el 18 de marzo de este año publicaba que el Ministerio de Justicia en un país aconfesional, según la Constitución, había concedido trece indultos con motivo de la Semana Santa: once por delitos contra la salud pública, uno por un delito continuado de estafa y otro por robo.

El pasado 6 de febrero Rafael Catalá también estaba en funciones y a instancias de su departamento el Gobierno indultó de forma parcial a María Salmerón, lo que impidió que ingresara en prisión. Era la segunda vez que a estar mujer se le concedía la medida de gracia pese a su negativa a cumplir el régimen de visitas que había acordado un juez para que su hija pudiera ver a su padre sobre quien pesa una condena de malos tratos. En esta ocasión, el perdón gubernamental se hizo a espaldas del tribunal sentenciador y del fiscal. Los jueces, que a diferencia del Gobierno sí tienen que motivar sus decisiones, dejaban bien claro que la negativa de la menor a estar con su padre no obedecía a causas “objetivas” y “razonables”. Hasta los técnicos que examinaron a Salmerón destacaron su escasa implicación “en relación a la motivación y predisposición con la que la pequeña acude a las visitas con su padre”.

Josefa Hernández, también conocida como 'la abuela de Lanzarote', fue condenada a seis meses de prisión por negarse a demoler una vivienda ubicada en una parcela que había heredado de su padre y que estaba dentro de un paraje protegido de la isla. El Gobierno, con el ex ministro canario José Manuel Soria y el propio Catalá, vieron en aquella ocasión “circunstancias sociales relevantes” para indultar a una mujer de 68 años que llegó a ingresar en prisión y que tenía a su cargo dos hijos, uno de ellos con discapacidad, y tres nietos. Todo impecable y socialmente bien visto. Sólo que, como en muchos otros casos, pasaron por alto el hecho de que tanto el juez como el fiscal se opusieran a la medida de gracia. Y es que su opinión es preceptiva pero en ningún caso vinculante.

La base jurídica, dejando al margen las simpatías que pueda despertar el sindicalista del SAT, le son aún más favorables a Bódalo si se tira del argumentario de Catalá. En este caso el tribunal sentenciador, la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén, ya ha remitido un informe al Ministerio de Justicia en el que se muestra favorable a la medida de gracia. Su decisión no fue baladí, sino que se produjo después de consultar tanto a la acusación particular ejercida por el PSOE como al propio interesado (Juan Ibarra) que dieron su visto bueno al indulto que también ha sido solicitado por el SAT.

La Fiscalía se opuso de manera frontal a cualquier tipo de concesiones, pero tiene su explicación jurídica: siempre se muestra inflexible en casos donde el condenado ha sido reincidente. De las palabras de Catalá no se desprende una decisión favorable a los intereses de Bódalo por lo que sólo cabria esperar la concesión del tercer grado penitenciario que, cumpliendo una serie de requisitos, sólo le obligaría a pernoctar en prisión. Para que eso ocurra no hay plazos, pero cabe la posibilidad  de que después del verano haya un pronunciamiento favorable al respecto. De momento, la petición de indulto permanece guardada en algún cajón del despacho del ministro.

(*) Íñigo Corral es periodista.

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