El mundo carcelario: la reinserción pendiente

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Julián Sauquillo

La comparecencia de Mercedes Gallizo –directora general de Instituciones Penitenciarias- y Ángel Martínez San Juan –director del organismo autónomo Trabajos Penitenciarios-, en el Congreso de los Diputados el pasado día 7, ha puesto de manifiesto una reducción del número de presos en nuestras cárceles en el último año contado desde el 1 de octubre pasado. Este cambio estructural y no coyuntural, para los responsables públicos, no es debido a la reinserción allí favorecida sino a la ocupación de parte de los condenados en trabajos en bien de la comunidad y a la eficacia policial. Se trata de valoraciones sobre el descenso de reclusos venidas de los propios estudios de la institución carcelaria. Cuando se le preguntó a la señora Gallizo si la prisión convertía el “plomo” en “oro”, contestó “¡Qué va!!”. Lo cual demuestra un cierto desenfado político o un conocimiento muy realista acerca de la materia que se está administrando por parte de la Directora General.

Nuestra Constitución, en su artículo 25. 2, señala que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad van dirigidas, en nuestro país, a la educación y reinserción social del recluso con trabajo remunerado y sin trabajos forzados; el respeto a sus derechos fundamentales según el fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria; la protección de la  Seguridad Social; y la garantía del acceso a la cultura y el desarrollo integral del preso.  Conviene apelar a la Constitución  pues su contenido legitima a nuestro Estado de Derecho. Pero, tras un vistazo realista, no cabe sino entender a la Prisión como la Cenicienta de nuestro sistema democrático. Y conviene decir algo sobre su fracaso resocializador, por lo menos para no resultar un ingenuo en comparación con la señora Gallizo.

Desde que Inglaterra se resiente de tener el mayor desarrollo industrial y el más desigual reparto de la riqueza, ya en el siglo XVIII, la cárcel y la delincuencia son objetos prioritarios de estudio de los reformadores sociales. Toda la reflexión de los cuáqueros, de los puritanos ingleses, se trasladó a E.E.U.U para suturar la quiebra de la cohesión social de la sociedad con medidas penales que reformen al delincuente. Pero ni el sistema de Auburn ni el sistema de Filadelfia cumplieron una reinserción pronta desde la cárcel. No se abarataron los gastos de la construcción de las prisiones y del propio endurecimiento de la vida carcelaria con una estancia reducida y más económica del preso en la prisión. No se logró una resocialización rápida del delincuente en la prisión. El delincuente no se enmendaba y los costes sociales de la prisión aumentaban.

Ayer, cuando se atisbaban soluciones originales para el sistema carcelario, y hoy, cuando Mercedes Gallizo comparece con un presupuesto económico reducido para las prisiones en tiempos de ajuste económico, la prisión no deja de ahogar las previsiones económicas de todos los países avanzados. No se encontraron soluciones económicas para la prisión y la restitución del castigo prevalece sobre la reinserción.

Aunque los expertos españoles de Prisiones separan la prisión de las medidas preventivas del delito a través de la policía, otros han unido uno y otro término. Michel Foucault señaló que la función positiva de la prisión fue producir y asegurar un medio delincuente. Su éxito consistió en perpetuar un circuito delincuencia, policía, vigilancia sobre las poblaciones, cárcel, reforzamiento de la conducta delictiva en la presión, policía… que se retroalimentara. La policía y la vigilancia de las poblaciones se aseguraban en el temor real de la sociedad a delincuentes convenientemente adiestrados en la prisión. La existencia del “individuo peligroso” como mal social absoluto instauró el miedo y la desconfianza social que alimentan las medidas policiales en la sociedad moderna. No es tan importante sancionar las infracciones penales como prevenir con vigilancia los futuros delitos. Más vale vigilar que castigar. Así ganan, sobre todo, las empresas privadas de policía, las aseguradoras y, también, el Estado en su creciente justificación preventiva del delito.

Howard Becker, uno de los clásicos de la sociología de la desviación, subrayó también el papel escolar de la prisión en la secuencia de momentos formativos del delincuente: unas circunstancias de vida paupérrimas, la incorporación a una banda, ser sorprendido y etiquetado como “delincuente” y pasar, finalmente, una estancia prolongada en un medio cerrado con otros delincuentes más experimentados. Los más pesimistas señalamos las dificultades resocializadoras de la prisión y su importancia en la justificación de la vigilancia general y exhaustiva de la sociedad debida a la existencia de un peligroso medio delictivo. Aparecen pronto los resultados de la alarma social ante la delincuencia: hoy muy centrados en la estigmatización social del extranjero. El medio delictivo no es periférico, entonces, sino central a la sociedad. La sociedad vive bajo millones de cámaras de vigilancia por temor a la indisoluble delincuencia. La conclusión de estos análisis es escalofriante y propia de la novela 1984 de George Orwell o de la película Brazil de Terry Gillian, miembro de los Monty Python.

¿Hay una voluntad política real por conseguir la resocialización en la prisión? Me temo que con la construcción de nuevas prisiones y el aumento de funcionarios de prisiones perdamos, a pesar de todo, el camino constitucional de la reinserción social del delincuente. Paliar el hacinamiento de la población reclusa con centros modernos y dotados puede abrir paso al aprendizaje y la formación cultural y profesional de los presos. A veces, leemos con esperanza la noticia de algún concierto (de flamenco), de representaciones teatrales de grupos de presos, de funcionarios de prisiones pioneros en iniciativas culturales, pero la perseverancia histórica de la prisión como problema aleja las ilusiones de la reinserción penal del delincuente. La prisión como medio inmerso en el sida, el tráfico y consumo de estupefacientes, la protección mafiosa del nuevo, las reyertas, los motines… plantean una solución penal incierta para la prisión. Así las cosas, estaría muy justificado el realismo del “¡Qué va!” de la Directora. Más vale conocimiento exacto que ingenuidad.

1 Comment
  1. LETRA says

    El artículo me parece buenísimo excepto en aquello que justifica a una directora general de prisiones que se expresa tan relajadamente sobre la *inconstitucionalidad* de la labor que desempeña ya que incumple la constitución cuando la institución que representa no reinserta, sólo aparca, castiga, vigila y entrena a los presos en nuevas funciones delictivas.

    Se podría empezar por legalizar las drogas, para acabar con el 70% de los delitos.

    Salud.

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