IVA ‘in pectore’

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Implantes PIP en un edificio de la empresa francesa que los comercializaba. / Efe

Allí donde la Medicina ve un riesgo para la salud general de la población, la Hacienda Pública detecta un hecho imponible. Es lo bueno que tiene la división social del trabajo, aunque conviene advertir que en fases (como la actual) de recesión económica los caminos de ambas especialidades, hasta entonces paralelos, se bifurcan. Y también varía la intensidad de sus movimientos respectivos: mientras la Medicina (por lo menos la que presta el Estado) retrocede y se repliega sobre sí misma, la Hacienda, siguiendo el ritmo contrario, se excita, ajusta y no ve enfermos por ninguna parte sino meros contribuyentes.

Voy a suministrar una evidencia empírica de la afirmación anterior. En su día varios miles de españolas se implantaron unas prótesis mamarias fabricadas en Francia y conocidas con el nombre PIP (Poly Implant Prothèse). En el año 2010 se produjo una alerta sanitaria mundial (fueron cientos de miles las mujeres afectadas en todo el planeta) al constatarse que las prótesis PIP eran defectuosas y muchas de ellas se rompían. Se habló entonces de riesgo de cáncer, de la posible toxicidad de la silicona liberada en el organismo de las mujeres perjudicadas… Poco después un informe británico descartaba cualquier problema grave para la salud futura de esas mujeres. Pero lo cierto, cuando menos, es que el gel que contenían las prótesis rotas, una vez fuera de control, produce dolor, irrita y puede inflamar el sistema linfático. Lo mejor, en muchos casos, era retirar los implantes efectuados y ésta fue y sigue siendo en la actualidad la recomendación preventiva de los diversos sistemas de salud nacionales, incluido el de nuestro país. Pero no todos los tratamientos locales, en su vertiente económica, han sido y son uniformes, circunstancia que era de no difícil sospecha. Cosas de la globalización: la enfermedad puede expandirse saltando las fronteras, pero unos países están mejor preparados que otros a la hora de combatir sus consecuencias. Las prótesis defectuosas PIP no son ninguna minucia, pero, aunque lo fueran, delatan el who is who del catálogo de idiosincrasias nacionales.

Obviamente, ignoro por completo la respuesta efectiva de las autoridades sanitarias españolas a este problema. He buceado bastante en Internet, encontrando alguna queja sobre la falta de cobertura económica en las intervenciones quirúrgicas de implantes sustitutorios, fuera de las operaciones previas de mastectomía. Pero desconozco si el Estado tiene o no la obligación de reparar daños privados debido a una hipotética falta de control sanitario en la importación de prótesis defectuosas fabricadas en el exterior. Voy a ceñirme, simplemente, a las prestaciones médicas de naturaleza privada y a sus posibles costes adicionales, en este caso públicos por obra y gracia de los impuestos. Concretamente, a la posible repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Según la Ley, está exenta de IVA la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios (requisito subjetivo). Ahora bien, no toda la gama asistencial que pueden prestar esos profesionales goza de exención, sino (siendo indiscutible su amplitud) “sólo” los servicios de asistencia médica, quirúrgica y sanitaria relativos al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades (requisito objetivo). Los servicios de asistencia sanitaria que no cumplan los requisitos anteriores están sujetos y no exentos de IVA al tipo de gravamen reducido (actualmente el 8%). Basándose en los parámetros legales citados y buscando la pertinente seguridad jurídica para saber a qué atenerse, un médico especialista en cirugía plástica y reparadora ha preguntado a la Dirección General de Tributos si debe cargar o no el IVA en las operaciones de explantación y sustitución de prótesis mamarias defectuosas.

Esa Dirección General, en Consulta Vinculante de 25 de abril de 2012, sostiene que están exentas de IVA “las intervenciones quirúrgicas de explantación de prótesis mamarias realizadas con la finalidad de prevenir enfermedades al paciente”. Pero “cuando en una misma intervención quirúrgica se efectuara además la implantación de una nueva prótesis mamaria, esta última prestación de servicios quedaría fuera del ámbito de aplicación de la exención mencionada, tributando al tipo del 8%, cuando no se trate de una actuación relativa al diagnóstico, prevención o tratamiento de una enfermedad en los términos indicados, sino una operación de carácter meramente estético”.

Sin ganas de ofender a nadie, la anterior me parece una muestra admirable no sé si de candor o de un jesuitismo legal superlativo. Llevar el rigor y la abstracción formal de las normas jurídicas hasta sus últimas consecuencias no es necesariamente una virtud en todos los casos. Depende del presupuesto de hecho analizado, de las circunstancias de la vida real que el intérprete califica para encajarlas en la estructura formal de una norma. En el caso sometido a la Consulta –la extracción quirúrgica de una prótesis defectuosa-, parece arriesgado suponer que se puedan segmentar y aislar con tanta claridad burocrática y con tanta precisión administrativa las diferencias entre las finalidades médicas y las estéticas que comportan los diversos actos y elementos que, salvando las circunstancias propias de cada caso, constituyen, según mi indocta opinión, los fragmentos de un solo acto médico destinado a curar o prevenir una enfermedad. Dados los antecedentes de la cuestión –un extenso grupo de mujeres perjudicadas en su salud física y psicológica por un fabricante desalmado de prótesis mamarias-, el autor de la Consulta, más que un jurista, parece un ex sacerdote bizantino que ha abrazado el siglo con el ímpetu del tendero que estrena una carnicería o una tienda de embutidos. Además, seamos serios sin dejar de ser prácticos: ¿se puede pedir razonablemente a un cirujano que valore económicamente por separado y que desglose en su factura de honorarios la parte de su intervención médica que lleva aparejada una base imponible y una repercusión del IVA, distinguiéndola de aquella otra que resulta libre de impuestos para el paciente?

Sea lo que sea, cuidado. Todo indica que ese 8% de la parte estética más pronto que tarde irá a más. El Gobierno español y la Unión Europea nos van a ajustar incluso nuestras glándulas más íntimas.

2 Comments
  1. Patricia says

    Gosto da sua ide9ia de comparar o ctenoxto atual com a chegada do pf3s-livro industrial na Europa do se9culo XVII.Realmente se3o momentos com peculiaridades muito parecidas, e ne3o acredito no surgimento de uma nova cieancia para explicar tudo isso. A cieancia je1 existe, e infelizmente he1 muito este1 esquecida dos curredculos escolares. FILOSOFIA!Vivemos numa sociedade cada vez mais imediatista, degradada de princedpios e valores, onde cuidam-se mais das cascas e menos do contefado.Talvez fruto desse mesmo crescimento demogre1fico onde o ditado: Farinha pouca meu pire3o primeiro represente esse comportamento social.Precisamos realmente criar um novo olhar, repensar o mundo, o humano, o consumo Se3o os pensadores modernos no Iluminismo 2.0 que criare3o novas oportunidades, subvertere3o abordagens e reinventare3o negf3cios.Casa contre1rio, parafraseando Raul Seixas: Parem o mundo que eu quero descer.

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