Avanzan los supervisores europeos asimétricos de banca y estados

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Los monitores de control del Consejo Europeo muestran varias ruedas de prensa de los jefes de Gobierno, el pasado día 14, tras finalizar la Cumbre de la UE. / Olivier Hoslet (Efe)

El Consejo de jefes de Estado y de gobierno europeos ha dado un paso en la creación del supervisor bancario centralizado para entidades con activos superiores a 30.000 millones de euros desde la primavera del 2014. También avanzó en la puesta en marcha de la supervisión europea de los estados miembros. Ambos controles serán tan lentos y asimétricos como cabía esperar en una banca y una supraestatalidad europea que avanzan a golpes de crisis y en beneficio de los estados poderosos, no de los territorios más vulnerables a los golpes del ciclo económico internacional.

El Consejo fijó su posición sobre la supervisión bancaria en el primero de sus dos días de sesión y en términos menos ambiciosos que los previstos por la Comisión y la primera sesión dedicada por el mismo en junio pasado. Pero las Conclusiones del Consejo Europeo publicadas ayer tras los dos días de reunión indican que también habrá mayor supervisión de los estados y que la Unión Europea dará respuestas más decisivas a la crisis desde este ámbito de la gobernanza interestatal, a fin de profundizar en la Unión Económica y Monetaria, aunque igualmente sin la ambición inicial del plan director.

¿Cual podrá ser el impacto en términos económicos de ambas líneas para los emergentes e inconscientes ciudadanos europeos? A mi juicio, esta unión bancaria algo frenará la redistribución antisocial de recursos que ha añadido el sistema financiero de la última globalización a sus tradicionales funciones de intermediación entre el ahorro y la inversión y de control de la eficiencia técnica y asignativa. Sin embargo, no está claro que los más tímidos avances en la unión política vayan a favorecer  la necesaria e imperiosa respuesta de los estados de la unión a la crisis traída en su diseño y en el del euro por las adversidades del actual  ciclo internacional.

En resumen, sintentizaría el pasado, presente y futuro de la supervisión bancaria europea y de su correlato político diciendo que "el pasado ha sido deficiente, el presente está siendo desesperante, y el futuro se nos seguirá apareciendo como desconocido”. Esta ecuación de las tres "des",  pese a las reiteradas cumbres de jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea, la tendrá que resolver el mercando nuevamente con dos "ces". La primera será una mayor concentración centralizadora de la banca y la política surgidas a golpe de crisis y no por la voluntad organizada previamente de los agentes. El control o contrapeso a esa c debería venir de la más eficaz política de competencia; es decir, de que consumidores y electores --convertidos cada día más en pacientes-- logren mejorar la política de competencia europea y participen más en las instituciones políticas de la unión.

Sin embargo, tanto en el diseño de la unión bancaria como de la política, la protección de los consumidores y electores seguirá en manos nacionales. Una y otra no están bien desarrolladas en Europa, aunque los derechos sí fueron claramente defendidos por los últimos tratados de la UE, según los cuales el beneficio del consumidor es junto a la innovación uno de los pocos eximentes de las infracciones a la competencia. Pero las autoridades europeas muchas veces se olvidan de ese objetivo de beneficiar a los consumidores y persiguen políticas parciales o sesgadas, como revela la desesperante política de unión bancaria o el reciente libro verde de los pagos electrónicos, por Internet y móviles, donde la Comisión persigue a toda costa bajar un coste aunque suban los demás. Algo similar cabe decir de los derechos de los electores en el nuevo contexto de la llamada ciudadania europea, ámbito donde la habitual grandilocuencia de la tecnoestructura europea es superior.

Versión oficial

La versión oficial dice al respecto que la Unión Económica y Monetaria (UEM) está en camino de fortalecerse en los meses y años próximos, apoyada por la mayor integración y la solidaridad reforzada para la zona del euro, pues ell 14 de diciembre de este 2012 los líderes de la UE acordaron un proceso que profundizará la integración del marco financiero y reforzará la gobernanza económica para completar esa UEM.

El plan de trabajo adoptado por el Consejo Europeo sigue el informe Hacia una verdadera Unión Económica y Monetaria preparado por el Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, junto con los presidentes de la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Eurogrupo. También refleja el Anteproyecto para una verdadera y profunda UEM presentada por la Comisión Europea.

La hoja de ruta subraya la necesidad de aprovechar el actual marco institucional y legal, al tiempo que subraya la necesidad de respetar la integridad del mercado único, mediante el establecimiento de un marco sólido para la Eurozona que sea justo, transparente y abierto a todos los demás países de la UE. Sus piezas serán la unión bancaria y la sostenibilidad fiscal buscada mediante la coordinación reforzada de las políticas económicas; es decir, las ya indicadas centralizaciones de la supervisión financiera y de la fiscal, que irán acompañadas de otras medidas como las que se señalan a continuación, en un caso sobre las garantías de capital bancario y los mecanismos de resolución y normativos, y en otro sobre las medidas de política económica a estudiar por el Consejo de junio del 2013 y algunas líneas adicionales de legitimidad democrática.

Unión bancaria

El primer paso importante acordado en la unión bancaria es crear mecanismo único de supervisión (MUS) en torno al BCE, que abarcará los 17 países a Eurozona y estará abierto a todos los demás Estados que quieran participar. El acuerdo alcanzado por los ministros el 13 de diciembre permite que la Presidencia del Consejo negocie con el Parlamento Europeo a fin de llegar rápidamente a un acuerdo final para que ese primer mecanismo centralizado se implemente a la mayor brevedad posible.

Aunque el plazo inicial de enero del 2013 indicado por la Comisión pasa ahora a marzo del 2014 y los bancos afectados se limitan a los que tengan activos superiores a 30.000 millones de euros tras los acuerdos de Alemania y sus aliados nórdicos, el MSE estará compuesto por el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes. La Autoridad Bancaria Europea creada el 2010 y que empezó a operar en el 2011 conservará su papel de elaboración de normas y la garantía de coherencia entre las mismas. La supervisión de la transparencia y protección de los consumidores quedará en manos de los bancos nacionales, al igual que la de las entidades con activos inferiores a los 30.000 millones de euros.

Sólo cuando el MUS empiece a funcionar, el fondo de rescate permanente de Estados y bancos creado la pasada primavera con el nombre de Mecanismo Europeo de Estabilidad podrá recapitalizar a los bancos directamente. Esa condición, impuesta ya por Alemania cuando el Consejo y la Comisión trazaron su primera hoja de ruta en junio pasado, queda ahora también supeditada a que haya un acuerdo sobre el marco operativo de apoyo a esta posibilidad. Ello dependerá sobre todo de la definición de los bienes heredados, que debería acordarse en el primer semestre del 2013. El MUS comenzará entonces a supervisar no antes de marzo de 2014, pues habrán de pasar al menos doce meses desde la entrada en vigor de los cambios reglamentarios que ceden dicha supervisión al BCE.

Adicionalmente, el Consejo Europeo considera "una prioridad absoluta" y pide la pronta aprobación de los nuevos requisitos de capital bancario; es decir las normas de Basilea III que refuerzan el capital de los bancos (CRR / CRD IV) para que el sector financiero esté mejor equipado a fin de manejar los riesgos y absorber los impactos de la recesión y la crisis inmobiliaria. Estas se encuentran en las etapas finales de negociación.

En virtud de esos niveles de capital y de la elevación de los planes de garantía de depósitos hasta los 100.000 euros por entidad y persona operará la segunda pieza básica de la unión bancaria: el nuevo mecanismo de único de resolución (MUR). Pese a su denominación, este será menos único que el anterior, salvo en dicha elevación de los fondos de depósitos para todos los países, pues la gran mayoría de los cambios reglamentarios que afectan al rescate o resolución (liquidación) de entidades seguirán igualmente en manos de las autoridades nacionales.  El nuevo reglamento sí armonizará las normas y planes de resolución bancaria y garantía de depósitos, marcos que deben ser acordados antes de junio de 2013, de acuerdo con el calendario final de la Hoja de Ruta.

Aunque la Comisión se ha reservado desde el principio ese calendario y la posibilidad de coordinar mejor el llamado MUR, ahora el Consejo ha decidido que deberá proponer “en el transcurso de 2013”, un mecanismo de solución única para los Estados miembros que participen. El MUR, incluidos los acuerdos antirretorno, tendrá la misión de salvaguardar la estabilidad financiera si los bancos quiebran, aunque también proteger a los contribuyentes, al reiterar que las pérdidas deberán ser asumidas por accionistas y acreedores en lo que no alcancen las propias contribuciones del sector financiero para nutrir sus fondos de garantía de depósitos. Ahora el objetivo objetivo es llegar a un acuerdo sobre este mecanismo en el verano de 2014.

Por lo tanto, si esta crisis bancaria y el consiguiente periodo de desapalancamiento de los agentes involucrados dura como las anteriores una media de siete años, puede asegurarse así finalmente que tales mecanismos de previsión macroprudencial quedarán diseñados para evitar y resolver una hipotética próxima crisis inducida por el ciclo económico internacional, no la que estalló justo en el 2007.

Supervisión fiscal

En cuanto a la sostenibilidad fiscal y la coordinación reforzada de las políticas económicas, la prioridad inmediata declarada por el Consejo es completar y aplicar la legislación clave para reforzar la gobernanza económica. Los líderes europeos pidieron al respecto una rápida adopción de los dos nuevos reglamentos acordados para reforzar la supervisión presupuestaria en la zona del euro; es decir, del nuevo pacto de estabilidad ( con el consiguiente endurecimiento de la vigilancia y las sanciones en los procedimientos de déficit excesivo) y del nuevo tratado intergubernamental firmado este año por 25 de los 27 países miembros. Este doble paquete será complementado por el  six-pack para la vigilancia fiscal y macroeconómica en la UE, que contiene algunas normas específicas para los miembros de la zona del euro y se acordó en noviembre de 2011. Por lo tanto, el elemento principal será el Tratado de estabilidad, coordinación y la gobernanza o “'pacto fiscal', que se espezó a negociar en el 2010 y que tampoco entrará en vigor hasta principios del 2013.

Sin embargo, incluso al margen de esa fecha final, ahora el Consejo anuncia importantes cuestiones de política económica que deben ser consideradas por el mismo en su reunión de  junio del 2013. El Presidente Van Rompuy, en estrecha cooperación con el Presidente de la Comisión, presentará a ese Consejo del próximo verano una hoja de ruta europea sobre las siguientes cuestiones:

  • Mayor coordinación ex ante de las reformas más importantes de la política económica de los Estados miembros (Artículo 11 de TSCG ). La Comisión propondrá un marco para ello en el contexto del próximo Semestre Europeo.
  • La dimensión social de la UEM.
  • La viabilidad de "contratos de mutuo acuerdo para la competitividad y el crecimiento". Estos contratos serán obligatorios para los Estados miembros de la Eurozona y voluntario para los demás.
  • Mecanismos de solidaridad para apoyar a dichos contratos.

Según el indicado documento final del Consejo, durante todo este proceso un principio fundamental será "garantizar la legitimidad democrática y la rendición de cuentas en el nivel en que se toman las decisiones". Esto podría hacerse, por ejemplo, mediante la introducción de "nuevos mecanismos que aumenten el nivel de cooperación entre los parlamentos nacionales y el Parlamento Europeo" ( artículo 13 de TSCG y  Protocolo n º 1 de los Tratados ).

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