La Ministra de Sanidad aprieta las tuercas a las extranjeras embarazadas y a los ‘irregulares’ menores de edad

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Ana Mato, ayer, día 30, tras la firma, en presencia de Rajoy. del Pacto por la Sostenibilidad y Calidad del Sistema Nacional de Salud. / J. J. Guillén (Efe)

Algunas normas jurídicas se escriben con tinta invisible. Es lo que hacen los gobiernos poco transparentes y quizás sin demasiados escrúpulos morales cuando desean que los destinatarios de la norma, en particular, y la opinión pública, en general, no se enteren de un cambio regulatorio –digámoslo así- “impopular” y, en cualquier caso, perjudicial para algunos intereses legítimos. Esos gobiernos ponen una vela a Dios (los derechos humanos) y otra al Diablo (los ajustes presupuestarios) con la esperanza, en medio de la confusión creada por ellos mismos, de que se noten lo menos posible sus verdaderas intenciones. En esa tarea, callada pero eficaz, debemos reconocer la maestría de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover. Ahora bien, el mérito de la Ministra disminuye algunos enteros si advertimos que las víctimas de su sigilo vuelven a ser, otra vez, personas con las defensas muy bajas, como son los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España. Y, dentro de ellos, sus individuos más débiles: los menores de edad y las mujeres embarazadas.

Todos sabemos que hace más de un año quedaron extramuros del Sistema Nacional de Salud los mal llamados irregulares. Con el pequeño alivio de tres gotas de caridad ecuménica. Son los supuestos especiales de la asistencia sanitaria pública que (I) cubren, en general, las prestaciones de urgencia por enfermedad o accidente de esas personas, (II) proporcionan la asistencia al embarazo, parto y posparto de las mujeres extranjeras embarazadas, y (III) garantizan la asistencia médica a los irregulares menores de edad.

Pues bien, el Consejo de Ministros celebrado el pasado 26 de julio, a propuesta de la Ministra de Sanidad, aprobó un Real Decreto que, en principio, no tiene como objeto la situación de esos tres grupos (se refiere a los convenios especiales de prestación de la asistencia sanitaria), pero que, no obstante, les afecta (a las embarazadas y a los menores) de manera contundente (y sin embargo bastante críptica) al precisar y limitar sus derechos prestacionales. Esos derechos, regulados de forma genérica en la citada reforma de la Ley del Sistema Nacional de Salud, son ahora acotados, a mi juicio con poca generosidad, por el Decreto mencionado, que teóricamente desarrolla la Ley (¡con más de un año de retraso!).

Las mujeres embarazadas y los menores tienen derecho a la llamada “cartera común básica”, que comprende “todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública”. Eso está muy bien. Pero, salvo que realicen la aportación económica correspondiente a los asegurados en activo, los sin papeles no pueden exigir la “cartera común suplementaria”, es decir, las prestaciones farmacéuticas, las de naturaleza ortoprotésica, y las prestaciones con productos dietéticos. Tampoco, salvo pago, tienen derecho a la llamada “cartera común de servicios accesorios”, es decir, a los servicios o técnicas de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico.

No creo que, ni para estas personas ni para nadie, las medicinas o un aparato ortopédico sean un capricho. A efectos de pago, la Ministra Mato iguala la condición de los menores irregulares y de las extranjeras embarazadas a la de los españoles asegurados en activo. Hay igualdades impías. Porque, ¿se debe tratar igual a quienes pueden de hecho ser extremadamente desiguales? ¡En los naufragios, las mujeres y los niños primero, hombre!

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