Un indulto fiscal para ‘pobres’

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El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, el pasado martes, durante una inervención en el pleno del Senado. / Ballesteros (Efe)
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, el pasado martes, en el pleno del Senado. / Ballesteros (Efe)

Probablemente alguno de ustedes, al recibir los “datos fiscales” enviados por la Agencia Tributaria (AEAT) para confeccionar la declaración del IRPF de 2013, notó una advertencia extraña. Por primera vez la Agencia comunicaba a ese posible lector, como a miles de contribuyentes, que había detectado, en relación con años anteriores, la percepción de ingresos a su favor de fuente extranjera. Y –continuaba la advertencia oficial-: que si esa situación se había repetido en su caso durante el ejercicio 2013, no se “olvidara” de incluir los oportunos rendimientos en la declaración de este último año. De lo contrario, la Administración le acabaría “pillando” porque, aún no disponiendo en ese momento la AEAT de los pertinentes datos actualizados, poco después de finalizada la campaña de Renta ya tendría la sota de bastos en su terminal informática. Entre las posibles rentas procedentes de otros países, la AEAT mencionaba explícitamente en primer lugar las pensiones.

Sobre una “derivada” de esta cuestión con múltiples ramificaciones, en concreto sobre los emigrantes españoles retornados a nuestro país, ya se ha ocupado cuartopoder.es. Por mi parte, como complemento de la información ya ofrecida por nuestro periódico, ahora sólo quiero ponerles al tanto de lo último que se cuece en el hemiciclo de la Carrera de San Jerónimo dentro de los trabajos parlamentarios que, en breve tiempo, alumbrarán la esperada (y, no por ello, necesariamente buena) reforma del IRPF y de otros impuestos. Para ello será necesario, de manera concisa, poner dicho problema en su contexto jurídico y relatar sus antecedentes.

En los últimos años existe, dentro de la Unión Europea, un intercambio automático y masivo de información tributaria entre Estados. Gracias a este “volcado” informático, la AEAT descubrió no hace mucho que numerosos contribuyentes del IRPF, y por tanto residentes en España en la actualidad, vienen cobrando pensiones de jubilación de los países donde trabajaron durante gran parte de “su vida activa” que no han incluido en sus declaraciones del Impuesto. Dichas personas han incumplido de esta forma sus obligaciones fiscales de pago en nuestro país, ya que la mayoría de los convenios bilaterales para reprimir el fraude y evitar la doble imposición atribuyen, para esta clase de rentas, la titularidad del Impuesto a favor del Estado de la residencia actual del trabajador, ya en situación de clases pasivas. Obviamente, la Administración española, como era su deber, comenzó, al conocer la noticia, a exigir el abono de las deudas tributarias no ingresadas. La actividad administrativa se ha focalizado, sobre todo, en las regiones de mayor tradición emigrante, como Galicia y Andalucía, cuyo subdesarrollo económico dio lugar, mediado el siglo XX, al inicio de una dolorosa sangría humana y a un exilio forzoso dirigido en buena medida al norte de los Pirineos. No hará falta decir que, durante los últimos años, el revuelo social originado en ambas comunidades por ese contencioso ha alcanzado una temperatura febril.

Sin embargo, las actuaciones administrativas van a experimentar en pocos meses, como consecuencia de un giro copernicano que desde el último mes de agosto se ha iniciado en “otro nivel”, un abrupto desvío en una dirección más acorde con los intereses de los afectados (y, seguramente, no sólo favorable a las expectativas de ellos, como se verá a continuación). El caso es que el Proyecto de Ley de reforma del IRPF incluye una disposición adicional única que permitirá a los pensionistas regularizar voluntariamente su situación mediante el pago de las cuotas debidas, pero con exclusión de sanciones, recargos e intereses. Para aquellos sobre los que ya hubiera recaído el peso de la Ley, la solución elegida por el Gobierno de Mariano Rajoy será, salvo imprevistos de última hora, la condonación de los tres conceptos mencionados.

En principio, la regularización de los “pecados” del contribuyente implicaba “la presentación e ingreso de una autoliquidación complementaria” por cada uno de los ejercicios no prescritos. ¿En qué tiempo? En el plazo improrrogable de los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la citada disposición adicional. Para las declaraciones ya presentadas (fuera de plazo), así como para las liquidaciones administrativas practicadas con anterioridad y con antelación a las posibles iniciativas del infractor, la decisión salomónica era hasta hace escasos días, como se ha dicho, la condonación de los intereses de demora y los recargos liquidados, y, en su caso, la de las sanciones impuestas, con independencia de que hubieran adquirido o no firmeza. La condonación se extiende igualmente, según el Proyecto, a los recargos del período ejecutivo. Si todos estos componentes de la deuda tributaria hubieran adquirido firmeza, el contribuyente tendrá que solicitar formalmente a la Agencia la condonación en el plazo máximo antes indicado de seis meses. Los importes ingresados habrán de ser devueltos por el Estado (sin abono de intereses de demora) en el plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud. Si no fuera así, el contribuyente tendrá derecho a percibir también los oportunos intereses, computados desde el término de dicho plazo. Para las liquidaciones todavía “vivas”, aunque el Proyecto no se refiere a ellas de manera explícita, el derecho a la condonación deberá ser reconocido por la propia Administración al dictar los actos o resolver las reclamaciones correspondientes.

Como se observa, estas medidas de gracia excepcionales benefician, en exclusiva, a un grupo particular de contribuyentes: antiguos emigrantes españoles hoy de avanzada edad que, al jubilarse, decidieron regresar a nuestro país. Pues bien, el hecho de que a uno le toque la lotería no le impide repetir suerte en una segunda ocasión. Esta buenaventura se acaba de convertir en realidad en medio de la tramitación parlamentaria del Proyecto de reforma del IRPF. ¿Quién ha sido su promotor, qué partido ha sido tan “sensible” para tirar la moneda de cara a los intereses de esos viejos y esforzados trabajadores? La respuesta es: el mismo que tuvo la idea inicial, mediante una enmienda de modificación que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. ¿Cuáles son las mejoras? Las que van a continuación:

  1. Se informa a los afectados, con exactitud y plena certeza, sobre la fecha final del período de regularización voluntaria (hasta el 30 de junio de 2015). La misma fecha regirá para las solicitudes de condonación de los recargos, intereses y sanciones que ya hubieran adquirido firmeza.
  2. Se reconoce de manera expresa que el pago de la deuda tributaria que arroje la regularización podrá ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento.
  3. Se aclara que también serán condonados los intereses de demora derivados de las actuaciones de gestión o comprobación ya efectuadas por los órganos de la AEAT (sobreentendidos en un Proyecto, defectuoso, que literalmente los omite).
  4. Se extiende la condonación incluso a los intereses moratorios devengados desde el inicio del período ejecutivo (aunque hubieran ganado firmeza).

Como contrapartida menor, la enmienda establece una condición legal en los supuestos de regularización voluntaria: que a la declaración de las rentas no consignadas en su día se acompañe el formulario especial que a tales efectos se hallará disponible en la sede electrónica de la Agencia.

Cristóbal Montoro justifica su manifestación de clemencia (a la carta) en tres principios rectores: la caridad cristiana (el “colectivo social afectado” lo integran “personas de avanzada edad trasladadas recientemente a España”), la idea de “justicia” (que, en cualquier caso, sería sólo en beneficio de una parte de los contribuyentes, parcialidad que cuestiona la propia idea de justicia) y, por último, razones de “cohesión social” (¿cuáles?).

Fabricar leyes fiscales nominativas y con destinatarios identificados es una labor que debe contrastarse manejando un criterio temporal. Existe un antes y un después. Conceder, mediante una regulación de futuro, determinados beneficios tributarios a un “colectivo social” puede resultar perfectamente justificable por circunstancias específicas (la naturaleza o cuantía de las rentas obtenidas, los desplazamientos geográficos de los contribuyentes, su situación familiar…). Mucho más problemática es una concesión posterior, cuando el contribuyente ha incumplido, a veces con plena conciencia y reiteración, sus obligaciones legales. En este último caso cualquier otro “colectivo social” puede sentirse agraviado y se le incita a tomarse la justicia por su mano. Medidas de gracia como las comentadas quiebran el principio de generalidad en la aplicación de la Ley, tiñen de subjetividad el reparto y el esfuerzo de los ciudadanos a la hora de contribuir al sostenimiento del gasto público, estimulan los empujones al legislador por los grupos organizados de presión y reducen la Ley, que es un ente abstracto, a una pieza de captura que se disputan las minorías más fuertes (según las circunstancias del momento) de la sociedad. Pero cuando, además, esas medidas de gracia se adoptan poco tiempo antes de que comiencen dos campañas electorales decisivas para su promotor legislativo, conviene preguntarse quién es realmente el sujeto al que, de forma indirecta, la Ley dispensa tamaña generosidad.

A los emigrantes jubilados ya retornados a territorio nacional la gracia que se les otorga es infinitamente menor que la “regalada” en 2012 a los millonarios que pudieron presentar a muy bajo coste la llamada declaración tributaria especial. Igualmente, es una minucia y una gota fiscal en el océano de ayudas tributarias, probablemente contrarias a la normativa europea, concedidas por el Gobierno a las mayores empresas con domicilio en nuestro país. Los pensionistas de los que hablamos se beneficiarán de una limitada amnistía parcial: no se les perdonan las cuotas correspondientes a sus ingresos no declarados, sólo las consecuencias legales de su incumplimiento (los recargos, los intereses y las sanciones). Para los que ya han pagado forzosamente sus deudas porque se les ha adelantado la AEAT, la gracia consiste meramente en lo que podría denominarse un simple indulto parcial (la devolución de esos tres componentes de la deuda tributaria). Pero, aún así, creo que el Gobierno ha transmitido al conjunto de la ciudadanía un mensaje erróneo. Aunque, naturalmente, no descarto que el equivocado sea yo.

2 Comments
  1. RESISTENCIA ANTIESPAÑOLA says

    Si los catalanes no dan la batalla y siguen luchando por su liberación del yugo español, será el final del pueblo catalán, seguirá durante siglos invadido por españa, y tendrá que pagar las consecuencias, el catalán será cada vez más postergado, se recuperará el uso mayoritario del español para aculturar de nuevo a la gente que vive en el territorio catalán, tendrán que pagar un precio muy caro en todos los sentidos, será una humillación para la gente de Catalunya, los españoles habrán vencido, sin oposición por parte de la gente que tanto se ha manifestado por la libertad. Si Catalunya cede ante españa, no podrá luego quejarse de las políticas que tenga que sufrir por parte de los gobernantes de madrid. El pueblo catalán y sus dirigentes deben dar la batalla y no rendirse, si no, todo se habrá acabado, sin haber siquiera comenzado. Creo que hoy por hoy, ERC y la CUP serían las únicas fuerzas políticas que pueden liderar con criterio y eficiencia el proceso constituyente catalán, son los únicos que con dos pares hablan de proclamar la INDEPENDENCIA, pase lo que pase. Ya sólo creo en ellos, y espero que no se rajen nunca y que más pronto que tarde veamos la proclamación de la INDEPENDENCIA. Si finalmente, se va a unas elecciones, que sean plebiscitarias y , cuando ganara ERC, que proclamen la INDEPENDENCIA desde el minuto uno. Ya está bien de que jueguen con los catalanes políticos que no se atreven a proclamar la libertad y la DUI. ADELANTE, ERC, CUP, TODOS LOS QUE ESTÉIS POR LA LIBERTAD, CONTÁIS CON EL APOYO DE MUCHOS, NO NOS DEFRAUDÉIS, POR FAVOR, LUCHAD , LUCHAD HASTA LAS ÚLTIMAS CONSECUENCIAS, TODO POR LA LIBERTAD DE CATALUNYA !!!

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