Malas noticias para el alquiler de vivienda

2
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en una imagen de archivo en el Congreso. / Efe
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en una imagen de archivo en el Congreso. / Efe

La Ley de reforma del IRPF dice (Preámbulo, IV) albergar en su articulado “una relevante minoración” de la carga tributaria soportada por los contribuyentes. Pero, al mismo tiempo, también reconoce que incluye “otras medidas de signo contrario”, como la supresión de algunos incentivos fiscales. ¿Cuáles son los motivos que justifican dicha eliminación? No constan en la mayoría de los casos. El Preámbulo es bastante lacónico: los incentivos que desaparecen “reducían significativamente la base imponible del impuesto generando una mayor carga al resto de contribuyentes”. Se confirma de esta manera la impresión inicial que teníamos muchos. La nueva regulación establece un IRPF más injusto, cumple la doble función de cortar y pegar, subir y bajar, y en definitiva regala a unos contribuyentes lo que a otros les quita sin que se expliquen bien las razones de dicha discriminación. Probablemente los que pierden van a pagar el pato de la enorme rebaja (generalizada) que beneficiará a las rentas superiores a 60.000 euros anuales. Salvados los titulares de dichas rentas, para los demás contribuyentes el IRPF se ha convertido en un juego similar a la ruleta rusa. Menos letal, desde luego, pero indiferente a las decisiones económicas de los ciudadanos, que necesitan un marco fiscal con menos “sorpresas”. El IRPF no debe ser un juego de casino en el que Cristóbal Montoro tira la bola en la ruleta con la maña suficiente para hacer caja.

Del lado de los vencidos sin causa están los contratantes de un inquilinato. Pierden los dos con independencia de su posición en la mesa. Por una parte –hablo ahora de la demanda- se suprime la deducción en cuota por el alquiler de la vivienda habitual, aunque los contratos anteriores a 2015 conservarán hasta su extinción el beneficio fiscal. En este caso la pérdida del incentivo sí la justifica el legislador, pero en mi opinión con un argumento peregrino: el de su pretendida neutralidad. El objetivo legal es homogeneizar (?) “el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad”. El primero sufre ahora, sin más, la supresión de la deducción que anteriormente había padecido la segunda. Sin embargo, hay un rango de destrucción superior. Tirotear a la oferta de vivienda en alquiler es la apuesta más segura y eficaz para que Hacienda consiga aumentar su recaudación. Vamos con ello.

El perjuicio fundamental lo soportarán, a partir de 2015, los arrendadores de viviendas cedidas a jóvenes, ya que las rentas obtenidas ya no se beneficiarán de la reducción del 100 por ciento. Al desaparecer el criterio de edad, la reducción para todos los contratos será la ordinaria del 60 por ciento (que continuará vigente). Por otra parte, la reducción de los rendimientos irregulares del capital inmobiliario (actualmente el 40 por ciento) disminuye hasta el 30 por ciento en la misma línea que otras fuentes de renta y, además, deberá imputarse en un único período impositivo. Es decir, desaparece igualmente la posibilidad actual, favorable a la reducción, de que los rendimientos se cobren (y se imputen) de forma fraccionada. En lo que sí acierta la nueva Ley es en limitar (hasta 300.000 euros anuales) la cuantía del rendimiento como importe máximo susceptible de reducción. No habría tenido ninguna justificación absolver de dicho límite a los rendimientos del capital inmobiliario cuando las rentas irregulares del trabajo están sometidas a ese tope.

¿Algún consuelo? Sí, pero agridulce. A partir del año que viene la citada reducción del 60 por ciento sólo se aplicará sobre los rendimientos netos positivos. De esta manera se pone fin al abuso legal, cuando los gastos del arrendamiento son superiores a los ingresos, de incrementar artificialmente la capacidad económica de los arrendadores y sus bases tributarias con la finalidad exclusiva de recaudar más. Es la pequeña compensación que ofrece la nueva Ley a cambio de los perjuicios, mucho mayores, que causa a esta fuente de rentas. Pero, sobre todo, es el mejor testimonio del dudoso arrepentimiento del legislador fiscal por sus prolongados desmanes a lo largo del tiempo. El Ministerio de Hacienda ha hecho una fotografía inmejorable de su conducta. La de un trilero que anestesia a sus víctimas con tecnicismos.

 

2 Comments
  1. bustiello says

    Este personaje sacado de un TBO nos esta tomando el pelo de una manera ofensiva,hay que reconocer que los PPeros son mas actores que politicos y se tienen el guion bien aprendido de mano.Asi que cuando dicen chorradas dicen que es lo que al publico le gusta,hay que joderse.Asi estamos.

Leave A Reply