JUSTICIA / Tras la negativa del juez a excarcelar al líder de la ANC

Próxima parada del ‘procés’, Estrasburgo

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Manifestación en Barcelona para exigir la puesta en libertad de los presos políticos
Manifestación en Barcelona el pasado 16 de febrero para exigir la puesta en libertad de los presos políticos. / Roser Vilallonga (Assemblea.cat)

El último movimiento del juez del Supremo Pablo Llarena rechazando la puesta en libertad del número dos de Junts per Catalunya, Jordi Sànchez, e incluso el permiso para salir temporalmente de prisión para asistir al Pleno del Parlament en el que se iba a votar su investidura aboca la salida política en el día después del proceso independentista a la decisión de un nuevo tribunal, el de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo, al que la defensa del antiguo líder de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) va a acudir en las próximas semanas con la intención de solicitar su amparo para poder acudir a la votación.

La decisión de Llarena supone llevar hasta las últimas consecuencias la teoría de la “incapacidad legal prolongada” que el magistrado se sacó de la manga para impedir que tanto Sànchez como el líder de ERC, Oriol Junqueras, fueran trasladados al Parlament para tomar posesión de sus actas de diputados y votar en la sesión de investidura en el ejercicio de sus derechos de representación política, limitados a la delegación del voto, según el instructor, mientras se prolongue su situación de prisión provisional en el marco del procedimiento que se sigue contra ellos por los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos.

El argumento que utiliza el juez para mantener a Sànchez en la prisión madrileña de Soto del Real, en la que permanece desde el 16 de octubre del año pasado, es el ya esbozado en otras resoluciones judiciales: si es puesto en libertad, podría volver a cometer los delitos que se le atribuyen al haberse integrado en un puesto “destacado” de una candidatura que “se ha opuesto, expresa y permanentemente, a abordar cualquier gestión política que no sea la de implementar la república que declararon”.

Pablo Llarena ha  ignorado los plazos que él mismo
dio a las partes para presentar sus escritos razonados sobre la excarcelación temporal del líder de ANC

Ni siquiera la promesa que lanzó en el Supremo en su declaración del 11 de enero, en la que advirtió de que dejaría el escaño si su formación volvía a insistir en la vía unilateral para conseguir la independencia de Cataluña, han hecho cambiar de opinión al juez Llarena, que considera que el compromiso de Jordi Sànchez es “impreciso, arriesgado e incierto”, cuando se pone en conjunción “con su negativa a reconocer la autoridad judicial del Estado, con las incompatibles proclamas que el encausado ha venido dirigiendo a su electorado y con un debate de legislatura que no rechaza impulsar la efectividad de la república secesionista”.

En un gesto inaudito en la práctica jurídica habitual, Llarena ha tomado esta decisión incumpliendo los plazos que él mismo impuso a las partes paraque informaran sobre la enésima petición de libertad del candidato, que expiraban este mismo lunes, y sin permitir que la Abogacía del Estado, que representa al Gobierno de Mariano Rajoy, y la acusación popular del partido político Vox pudieran presentar sus escritos oponiéndose a la excarcelación. En su auto, notificado a la defensa 35 minutos después de que cerrara el registro del Tribunal de Estrasburgo, incluso les llega a decir que, si no están de acuerdo con su decisión, pueden presentar los correspondientes recursos ante él mismo y ante la Sala de Apelaciones del alto tribunal.

También lo hace acogiendo un escrito de la Fiscalía que apuntaba que los permisos penitenciarios estarían justificados en el caso de que el candidato quisiera visitar a su abuela, en el caso de que estuviera “hospitalizada”, o acudir a la comunión de algunos de sus hijos, pero no lo están para poder defender su candidatura como jefe del Ejecutivo catalán, que a estas alturas no prosperaría por la abstención de los cuatro diputados de la CUP y la ausencia de Carles Puigdemont y Toni Comín, encerrados en el exilio que se han autoimpuesto en la ciudad belga de Waterloo.

Con la llegada del caso de Jordi Sànchez al Tribunal Europeo de Derechos Humanos la Justicia española se juega buena parte de su prestigio internacional

En esa resolución el magistrado Llarena también distingue el caso analizado del único precedente que existe en la democracia española de investidura de un recluso que cumplía prisión provisional, el del etarra Juan Carlos Yoldi, al que en 1987 la Audiencia de Navarra permitió acudir al Parlamento foral para defender su candidatura como presidente en representación de la después ilegalizada Herri Batasuna. Llarena diferencia este caso del de Sànchez apuntando que en el supuesto actual existe el riesgo de reiteración delictiva y en el del miembro de ETA sólo había una posibilidad de fuga, que pudo ser conjurada adoptando las medidas de seguridad necesarias para “impedir la evasión”. Criterio que también choca con el que el propio juez expuso en un auto el pasado 12 de enero en el que prohibía que el expresidente de la ANC y el exconseller de Interior Joaquim Forn fueran trasladados al Parlament con el argumento de que habría que “afrontar unas conducciones de salida y retorno del centro de penitenciario, en fecha y horas determinadas, con un punto de destino y de regreso bien conocido”, y no había garantías suficientes de que se desarrollaran “despejadas del grave enfrentamiento ciudadano que puede impulsarse o brotar con ocasión del traslado”.

Además, deja un mensaje que resulta especialmente controvertido en el ámbito independentista al reprochar a los votantes catalanes que hayan respaldado una candidatura sobre cuyo número dos “concurría la privación de libertad que condiciona hoy su representación” y que, “además de estar privado de libertad al momento de iniciarse los comicios, no ofrecía para sus electores el liderazgo que ahora reclama”. Lo correcto, según él, sería que el partido de Puigdemont impulsara a la Presidencia de la Generalitat a “otros integrantes, todos ellos con el mismo número de apoyos, en los que no se aprecian los riesgos colectivos que tratan de conjurarse”.

Llegados a este punto, y empecinado el juez en evitar que Junqueras y Sànchez salgan de prisión hasta que llegue su auto de procesamiento, que supondría la automática suspensión en sus funciones como diputados electos, el embrollo judicial traslada el campo de juego al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el que los independentistas apostarán su última carta para nombrar al president que quieren que ocupe el Palau de la Generalitat y la Justicia española se jugará, otra vez, buena parte de su prestigio internacional.

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