PANDEMIA COVID-19

Consumo considera ilegales los recargos por la pandemia en las facturas de establecimientos

  • El Ministerio de Alberto Garzón ha enviado una nota informativa a las comunidades autónomas
  • Algunos establecimientos cargan sobre los clientes los gastos derivados de las medidas de higiene y prevención ante la covid-19

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El Ministerio de Consumo, dirigido por Alberto Garzón, a través de la Secretaría General de Consumo y Juego y de la Dirección General de Consumo, ha enviado una nota informativa a las comunidades autónomas en la que advierte que los recargos que algunos establecimientos están incluyendo en las facturas a sus clientes para contrarrestar los gastos que les supone las medidas de higiene y de prevención ante la covid-19 pueden ser ilegales.

Así lo explica el Ministerio en la nota: "La inclusión de dichos gastos de forma desglosada en una factura podría ser considerada como una cláusula abusiva en el sentido de los puntos 4 y 5 del artículo 89 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (LGDCU), puesto que se trataría de la imposición al consumidor y usuario de un servicio no solicitado y no susceptible de aceptación o rechazo por su parte, aun habiéndose informado a estos de forma previa; y pudiera ser una práctica constitutiva de infracción administrativa".

Los responsables de Consumo notifican que esto "supondría el traslado al consumidor y usuario de unas obligaciones que competen exclusivamente al proveedor del bien o prestador del servicio a las que vienen obligados debido al desarrollo de una actividad comercial o profesional".

"Las actividades de higiene, desinfección, prevención o acondicionamiento de los establecimientos o locales no son servicios accesorios opcionales sobre los que el consumidor o usuario tenga capacidad de aceptación o rechazo, sino que son inherentes según la normativa vigente a la propia actividad comercial de los establecimientos y locales con apertura al público", informan, y recuerdan en la nota enviada a las comunidades autónomas que estas medidas "no son de cumplimiento facultativo por su parte, sino que les resultan de obligado cumplimiento de acuerdo con la normativa vigente".

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