¿Cómo funciona la multa que España podría pagar por la suspensión de Madrid Central?

  • El camino que ha recorrido la Comisión Europea para llegar a tomar medidas contra los estados-miembro ha sido largo
  • Si Bruselas decide llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE, la sanción no la pagaría Madrid, sino las arcas públicas del Estado

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Una de las promesas de campaña de José Luis Martínez Almeida, ahora alcalde de la capital, fue acabar con Madrid Central, la iniciativa estrella de Manuela Carmena para reducir la contaminación. El 1 de julio dio comienzo una moratoria en las multas para los vehículos que accedían al centro sin permiso, según contemplaba la medida, lo que supone de facto acabar con la medida ecologista. Este viernes, un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid ha paralizado cautelarmente la medida.

La marcha atrás del nuevo alcalde ha desatado las críticas de muchos sectores porque la medida de la alcaldesa había conseguido reducir la contaminación en mayo una caída a “niveles históricos” incluso aunque solo llovió una vez, según un informe de Ecologistas en Acción. Además, España había conseguido, gracias al plan de medidas que incluye a Madrid Central y al paquete de medidas del Ayuntamiento de Ada Colau, librarse de que Bruselas le demandara ante el Tribunal de Justicia de la UE y tuviera que pagar cientos de miles de euros en sanciones.

Los orígenes de la sanción europea

El camino que ha recorrido la Comisión Europea para llegar a tomar medidas contra los estados-miembro ha sido largo. La directiva sobre calidad del aire de la UE fijababa en 25mg/m3 el “valor objetivo” que debían cumplir los países el 1 de enero de 2010. El mismo umbral debía convertirse en “valor límite” en 2015, lo que implicaba obligaciones adicionales.

Aunque los estados de la UE venían incumpliendo estos máximos fijados, no fue hasta febrero de 2017 cuando la Comisión Europea abrió procedimientos de infracción contra nueve de sus Estados miembros que, en el caso de España, se debía a los altos niveles de dióxido de nitrógeno, un contaminante vinculado al tráfico, registrados en Madrid, Barcelona y el área de Llobregat.

Sin embargo, desde que se impulsó la directiva, “Londres había hecho su peaje de entrada en la ciudad, Alemania estableció zonas de bajas emisiones, en Milán regularon el tráfico en función de días pares e impares, en París impulsaron políticas para quitar espacio al coche. Madrid no solo no hizo nada, sino que se amplió la M30 y se hicieron los túneles”, explica Juan Bárcena, portavoz de Calidad del Aire de Ecologistas en Acción.

Debido a la presión de amplios sectores políticos y sociales, el comisario europeo de Medio Ambiente, Karmenu Vella, impulsó en 2018 un dictamen motivado, a modo de ultimátum, para pedir a los países que presentaran bilateralmente planes de implementación inmediata para cumplir con la normativa de calidad del aire. Reunió a los ministros de Medio Ambiente en Bruselas de los estados-miembro en una foto en la que no apareció la ministra Isabel García Tejerina, del Gobierno de Mariano Rajoy, sino el secretario de Estado.

En mayo de 2018 la Comisión Europea decidió que España se libraba junto a Eslovaquia y República Checa, pero decidió que enviaría al Tribunal de Justicia de la UE a las cuatro grandes potencias continentales (Alemania, Francia, Italia y Reino Unido) más Rumanía y Hungría. Si nuestro país podía escapar a dicho procedimiento fue gracias al Plan A de 30 medidas del Ayuntamiento de Carmena, cuya medida estrella era Madrid Central, y al paquete presentado por Colau. Tejerina, del PP, había pedido varias veces a los consistorios que no actuaran “de perfil” y acataran lo encomendado por la Comisión Europea, desatando las críticas de ambos consistorios que defendieron entonces ser los únicos que aplicaban medidas contra la contaminación.

“Hay un procedimiento sancionador abierto contra seis países por incumplimiento en la calidad del aire, si España no está entre ellos es porque se había considerado que los planes presentados por Madrid y Barcelona eran suficientemente contundentes. El procedimiento contra España está en paralizado, pero si se rebajan las medidas convendría la apertura del procedimiento”, explica el responsable de la campaña de Movilidad de Greenpeace, Adrián Fernández. Esto es algo reconocido por el propio comisario, quien dijo que continuaría “supervisando de cerca la ejecución de dichas medidas, así como su eficacia”. Las fuentes consultadas también explican que los países miembros que sí han sido sancionados, algunos de ellos habiendo aplicado medidas ambiciosas contra la contaminación en sus respectivas capitales, se encargarán también de vigilar a Madrid.

Sanción de cientos de miles de euros... para todos los españoles

Los Ayuntamientos son quienes deben enviar los datos sobre la contaminación atmosférica al Ministerio de Medioambiente, encargado de transmitirlos a la Comisión Europea. Si Bruselas decide llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE, la sanción no la pagaría Madrid, sino las arcas públicas del Estado.

Greenpeace ha denunciado que esta multa puede suponer 500 millones de euros y Ecologistas en Acción considera que como España viene incumpliendo con el dictamen europeo desde 2010, la multa podría suponer hasta 100 millones de euros semestrales desde entonces, es decir, 2.000 millones de euros. Un juez ha atendido el recurso contencioso administrativo que han presentado ambas organizaciones y, al menos por el momento, ha reactivado Madrid Central porque la moratoria implantada por Martínez Almeida estaba causando "gases contaminantes" en "zonas de bajas emisiones", lo que constituye, un perjuicio sobre "el interés público".

Esta vía judicial puede inaugurar una nueva etapa para conseguir medidas reales contra la contaminación por parte de los gobiernos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha fallado este miércoles que los tribunales nacionales tienen la competencia de controlar si la ubicación de los puntos de muestreo de calidad del aire son los correctos y de adoptar adoptar las medidas necesarias para que cumplan los estándares europeos cumpliendo los criterios establecidos por la directiva europea.

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