La denuncia de los adultos, clave contra la violencia sexual en la ley de Infancia

  • Solo un 15% de los colegios en los que el niño o la niña ha contado que ha sido víctima de un abuso sexual, lo comunican a las autoridades
  • El título II instaura el deber de comunicación de “los indicios de violencia ejercidos sobre niños, niñas o adolescentes”, sin necesidad de presenciarlos

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De todas las violencias que pueden sufrir los niños y las niñas, la sexual es una de las más invisibles y también una de las que deja más secuelas psicológicas y emocionales a las víctimas. Hacerse con el mapa completo es difícil, ya que lamentablemente pasa desapercibida. No obstante, los datos del Ministerio del Interior revelan que solo en 2018 se interpusieron en España al menos 5.382 denuncias de violencia sexual contra niñas y niños. Save The Children estima que entre el 10% y el 20% de la población española ha sido víctima de este tipo de abusos durante su infancia.

Lamentablemente los adultos y la sociedad en su conjunto no desempeñan el papel que deberían a la hora de prevenir y de alertar de manera temprana cuando se produce este tipo de violencia. La organización Save The Children daba un dato muy preocupante en su informe de 2017 Ojos que no quieren ver: “Solo un 15% de los colegios en los que el niño ha contado que ha sido víctima de un abuso sexual, lo han comunicado a las autoridades”.

El proyecto de Ley orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros abarca todo tipo de violencias infantiles, y establece algunos avances importantes en cuanto a violencia sexual. Eleva la edad límite para que empiece a contar el plazo de la prescripción de abusos sexuales a las niñas y niños a partir de los 30 años. Ahora se sitúa en los 18 y los delitos entre 5 y 15 años después, aunque habitualmente las víctimas tardan muchos más años en querer denunciar porque, o bien no los recuerdan, o bien van acompañados de un proceso traumático. Este aspecto de la ley es fundamental para actuar contra los agresores que continúen años después abusando de otros menores.

La ley pone el foco además en la prevención y a la detección temprana de la violencia infantil por parte de los adultos. El título II instaura el deber de comunicación de “los indicios de violencia ejercidos sobre niños, niñas o adolescentes”, según el borrador al que ha tenido acceso cuartopoder. Hasta ahora el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal solo obliga a denunciar un delito contra el menor en el caso de que se presencie, pero la violencia sexual infantil no suele dejar testigos. De esta manera toda la ciudadanía estaría obligada a comunicar de manera inmediata a la autoridad competente el conocimiento que tenga de estos indicios de violencia.

Además, la ley establece protocolos de prevención y detección en los lugares de socialización de los niños, colegios y centros deportivos. El deber de comunicar “los indicios” de violencia infantil se establecerá de manera más exigente para aquellas personas que por su profesión, cargo o actividad tienen a su cargo a menores de edad, quienes además recibirán formación específica. Asimismo se crea una nueva figura en todos los colegios que se llamará “coordinador de bienestar y protección”, encargado de vigilar la correcta implementación de los protocolos contra todo tipo de violencias infantiles.

En general, organizaciones expertas en la materia y activistas conocidos, que han sido supervivientes de abusos infantiles como el pianista James Rhodes o la exgimnasta Gloria Viseras, apoyan la ley e incluso han participado en el proceso de elaboración. La experta en prevención de violencia hacia la infancia de Save The Children Cristina San Juan ha aplaudido que el proyecto de ley aborde dos aspectos fundamentales para luchar contra la violencia sexual infantil: “el fortalecimiento de docentes y demás profesionales educativos para la detección e identificación de situación de violencia” así como “reforzar los protocolos y políticas de prevención, detección temprana y notificación de las situaciones de violencia”. Hay que subrayar que actualmente las victimas de abuso infantil sufren estos abusos, de media, durante unos cuatro años.

Asimismo, la ley prevé formación específica para jueces y fiscales, así como juzgados y una Fiscalía especializados en violencia infantil. Ahora bien, como señala San Juan, la dotación presupuestaria de la normativa marcará la diferencia. “Será fundamental que se acompañe de un presupuesto suficiente y en la estrategia que desarrolle y aterrice las medidas incluidas, para que su implementación sea eficaz”, indica la experta.

Algunas críticas

Algunos activistas y víctimas de abusos sexuales durante su infancia han denunciado que el proyecto de ley no mencione cómo combatir la violencia sexual infantil en el marco de la Iglesia. Es una queja, por ejemplo, de Miguel Hurtado, primer denunciante de abusos sexuales en la Abadía de Montserrat, uno de los mayores caso de pederastia de Cataluña. También algunos supervivientes piden que la edad desde que empieza el plazo de prescripción de estos delitos se amplíe a los 40 años de edad o incluso que este tipo de delitos tan graves no prescriban nunca.

Además algunos colectivos feministas, como la Alianza contra el borrado de las mujeres, han arremetido contra la ley porque consideran que "excluye la perspectiva de género" e "ignora las violencias sexuales específicas contra las niñas y el mayor impacto que sobre éstas tiene la violencia sexual".

Estos son algunos aspectos de la ley en los que las ONG y asociaciones que luchan contra la violencia infantil esperan incidir para que se cambien en el Congreso de los Diputados, durante su tramitación parlamentaria. Eso sí, las organizaciones piden máxima celeridad y compromiso a todos los partidos políticos, y para ello exigen que la Mesa del Congreso de los Diputados califique la ley de “urgente”. Ya han transcurrido 10 años que el el Comité de los Derechos del Niño recomendó a España poner en marcha mecanismos para contar con una ley integral de protección de la infancia. Y además

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