El derecho de rectificación y la verdad periodística

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Siento escalofríos cuando oigo hablar de la profesión periodística como si fuera un sacerdocio (con independencia de la religión a la que aquél rinda culto). Lo mismo me sucede con los individuos que practican la profesión si para enaltecerlos se nos dice que son periodistas de raza. En ambos casos a los escépticos no se nos permitirá disentir gracias a la interposición del muro de lo impecable, una categoría moral que una vez alcanzada convierte a las personas o a los oficios que la disfrutan en poseedores de LA VERDAD, con mayúsculas. Mi escepticismo no proviene de la supuesta convicción de que los periódicos y los periodistas, o al menos una gran parte de ellos, mienten por sistema a sus lectores. Quiero dejar por ahora aparcado este asunto que tanto gusta a los cínicos (unos sujetos que siempre ven un Murdoch detrás de cada periódico). Algunos medios llevan la mentira grabada en su ADN, es cierto, pero hoy sólo quiero recordar algo tan sabido como necesario, que la verdad es la mayoría de las veces un ente provisional y que, mientras no adquiera carácter definitivo (una garantía por naturaleza imposible), de la verdad se podrán ofrecer versiones distintas, honestas y razonables. La subjetividad del informador permite estas discrepancias si no las rebate un tribunal que califique alguna de ellas como una falacia contrastada.

La Constitución reconoce y protege el derecho “a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión” (artículo 20.1.d) CE). Los sacerdotes del periodismo suelen interpretar este precepto como una manifestación de la Ley del Embudo que sólo a ellos aprovecha: lo que sus medios publican es la sacrosanta verdad que no admite réplicas, ni siquiera la de los perjudicados por su información. Sin embargo, como se ve en esta reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), los periódicos tienen la carga de publicar la rectificación de sus noticias por parte de los “aludidos”. (En el caso de autos el TC deniega el amparo solicitado por el director del diario "El Mundo", que se había negado a publicar una rectificación a una información del periódico sobre la matanza del 11 de marzo de 2004 exigida por un implicado en los hechos por una fuente consultada por dicho medio). El derecho de rectificación, si no es reconocido voluntariamente por el medio, puede ejercerse al amparo y con los requisitos de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo. No puede oponérsele la pretensión de que la noticia difundida es noticia verdadera. Ya dirán los tribunales del orden penal o del civil, llegado el caso, si la noticia o su rectificación son veraces o no. Sea veraz o no la información publicada, basta con que la persona aludida considere que contiene hechos inexactos que menoscaban su dignidad, su reputación o cualquier otra variedad de su patrimonio moral. Si la rectificación se ciñe a esos extremos y a primera vista parece veraz, el derecho a su publicación por el medio que ha difundido la noticia no debe ser desestimado. El medio ha de publicar la rectificación, sin apostillas ni comentarios, y de forma íntegra y gratuita, aunque posteriormente pueda situar al replicante frente a los tribunales y  demostrar que el que no se ha ajustado a la verdad es el autor de la réplica. Son dos cosas distintas.

La publicación de la réplica no supone la confesión de que la noticia rectificada sea falsa. Ni impide que el medio siga insistiendo en la misma noticia. Las rectificaciones (incluso las de inserción obligatoria gracias a los tribunales) no son una sanción jurídica derivada de la inexactitud de lo publicado. De ninguna información periodística puede prejuzgarse de forma mecánica su veracidad. Luego debe admitirse que se la contradiga a través del derecho de rectificación sin exigirle al autor de esta última que pruebe indubitadamente haber alcanzado la verdad (y no, simplemente, que sea verosímil). Lo apoyan dos argumentos distintos. Por un lado, la protección de las personas perjudicadas por la información, restableciendo mínimamente y a la mayor rapidez el principio de igualdad de armas en una situación real de grave desequilibrio ante la opinión pública a favor de los medios. Por otro, como dice el TC, “la rectificación opera como un complemento de la información que se ofrece a la opinión pública, mediante la aportación de una ‘contraversión’ sobre hechos en los que el sujeto ha sido implicado por la noticia difundida por un medio de comunicación”.

La omnipresencia de los medios hace extremadamente vulnerable la autonomía personal frente a posibles excesos en la información que el derecho de rectificación puede mitigar y, sobre todo, prevenir y contener en el futuro si va achicando espacios a la impunidad de algunos medios. Los medios de comunicación están llamados de manera primaria a la formación de una opinión pública libre. Pero no puede descartarse que una información obtenida con la diligencia profesional exigible resulte finalmente equivocada. El derecho a una información libre y veraz es un camino de ida y vuelta. “Comunicar” información es una conducta activa, pero “recibirla” no lo es menos. “Escribir” puede ser algo mucho más pasivo que “leer”. ¿Quién es el titular de la libertad reconocida en el artículo 20 de la Constitución? ¿Es esa libertad un derecho privativo de las empresas periodísticas y de sus profesionales? ¿No habrán arruinado precisamente la profesión, en medio de la crisis actual por la que atraviesan los medios, los pontífices y sacerdotes del periodismo? Desconfío del llamado periodismo ciudadano, pero a sus nuevos protagonistas cabe otorgarles, al menos, el beneficio de la duda. El tiempo dirá. Los viejos popes del periodismo sólo merecen certezas negativas.

1 Comment
  1. borja says

    Por favor pedir a amigos,conocidos,familiares que no voten ni al psoe ni al pp pasarlo por favor.Si nadie vota a estos dos partidos los que ganen tendran que cambiar las cosas sin posibilidad de no hacer nada.Estarian obligados a cambiar la justicia y la leyes electorales la clave es que psoe y pp no tengan ni un voto.GENERACION NI NI,NI PSOE NI PP PASARLO PORFAVOR,hablar de ello con familiares y amigos y que nadie les vote y TODOS A VOTAR.Que voten a quien sea menos psoe y pp gracias.

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